Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Autores y obras navarros

PASQUIER, Pedro (Tudela, Navarra, principios del siglo XVI – Pamplona, Navarra, 1579). Abogado de los reales tribunales de Navarra, consejero del Consejo Real de Navarra y recopilador del Derecho de este reino

Cargos y oficios

Abogado de los reales tribunales de Navarra, consejero del Consejo Real de Navarra y recopilador del Derecho de este reino.

Trayectoria

Hasta su nombramiento como consejero real de Navarra, sabemos muy poco de su vida. Nació en Tudela en una fecha que no podemos precisar. De acuerdo con los datos recogidos por A. M. Carabias en el «Catálogo de cole­giales del Colegio Mayor de Oviedo (s. xvi)», ingresó en dicho Colegio de la Universidad de Salamanca el 2 de agosto de 1538, y obtuvo el grado de licencia­do en octubre de 1539. Debió de seguir en la Universidad de Salamanca unos años más pues aparece matriculado en 1546-47 (primer libro de matrículas de esta Universidad que se conserva). Se casó con Ana Gutiérrez de Aibar, nacida igualmente en Tudela. El 11 de septiembre de 1550 el emperador lo nombró consejero del Consejo Real de Navarra para ocupar una de las cuatro plazas de navarros, concretamente, la que había dejado vacante el doctor Martín de Goñi, elegido para el Consejo de Órdenes. Pasquier tomó posesión del cargo el 29 de octubre de 1550, y lo ejerció hasta su muerte.

Siendo consejero, el virrey lo comisionó para reunir las Cortes del Reino en varias ocasiones. Las presidió e intervino, entre otros, en asunto de preferencia de asientos.

A diferencia de su vida, conocemos su obra en profundidad. Su nombre ha quedado íntimamente ligado al proceso recopilador del Derecho navarro. En 1556, cuando las Cortes de Navarra trataban infructuosamente de conseguir que el monarca aprobara el Fuero Reducido de Navarra, «una edición moder­na de los fueros medievales» del reino, el virrey, duque de Alburquerque, con el parecer del Consejo, encargó a los consejeros Pedro de Balanza y Pedro Pasquier elaborar una recopilación del Derecho del reino. Los límites del tra­bajo eran precisos: «ver las leyes de visita, y el libro general de los Estados, y que reduxexemos lo sustancial del quitando toda superfluidad, variedad, y contrariedad, con buen orden y estilo: y lo pusiessemos en un libro». Exclui­dos de este encargo quedaban, pues, los fueros medievales, que trataban de aprobarse mediante el Fuero Reducido. Balanza y, principalmente, Pasquier ocuparon los años 1556 y 1557 en «recopilar, corregir y hazer imprimir las hordenangas realles y de visitas y los reparos de agrauios y otras prouisiones de este reino». El 23 de mayo de 1557, se expedía la licencia para imprimir a cargo de la Cámara Real y con la orden de guardar y cumplir su contenido, Las ordenanzas, leyes de visita, y aranceles, pregmaticas, reparo de agrauios, & otras provisiones Reales del Reyno de Nauarra (más conocidas como Orde­nanzas Viejas). La obra estaba dividida en dos libros. El primero, centrado en el Derecho real, recogía las leyes de visitas aprobadas hasta el momento, precedidas por las Ordenanzas de Carlos III de 1413 y acompañadas de unas ordenanzas sobre merinos, una colección de aranceles y un cuaderno con treinta provisiones reales. El segundo, marcando la diferente procedencia del Derecho que recogía, reunía las peticiones elevadas por los Estados del reino, muchas de ellas por reparo de agravios, junto a la determinación que pro­cedió en cada caso. El criterio seguido por los recopiladores, más allá de la división en libros, es irreconocible, siendo de gran ayuda para su manejo el Repertorio de las Ordenanzas, leyes de visita, aranceles, pragmáticas, reparo de agravios y otras provisiones reales y leyes del Reyno de Navarra, elaborado por el también consejero Ruíz de Otalora y publicado en 1561. El propio Pasquier admitió las carencias en este ámbito, lo que le impulsó, junto a otros posibles motivos, a embarcarse en solitario en una nueva recopilación. Los Estados del reino manifestaron su oposición a la primera por ser una obra en la que no habían participado, que igualaba las normas elaboradas en Cortes con aquellas otras que no habían contado con su intervención, y porque decía contener «las principales leyes por donde el (reino) se ha de gouernar en toda paz y justicia».

Pasquier, insatisfecho con el resultado, a lo largo de 1566 «con mucho es­tudio y trabajo hizo una nueva recopilación de las ordenanzas, leyes de visita y reparos de agravios y otras provisiones reales» para actualizar y ordenar su contenido según un sistema del que carecía la anterior. Mantuvo la separación entre las normas del rey y las leyes de Cortes, pero alteró el criterio con el que recogió estas últimas al reproducir solo la parte dispositiva de la norma. La recopilación se cierra con un utilísimo repertorio de las voces utilizadas. Igual que en la obra cuya autoría compartió con Balanza, no recogió «ningún ca­pitulo del fuero general ni de otro particular de este Reyno por haber los tres Estados deste Reyno puesto su mano en ellos». Pasquier presentó su Recopi­lación de las Leyes y Ordenanzas, Reparos de agrauios, Prouisiones, y cédulas Reales del Reyno de Nauarra, y Leyes de visita que están hechas y proueydas hasta el año de mil, y quinientos y sesenta y seys (más conocidas como Ordenanzas Nuevas) ante el virrey y el Consejo con la esperanza de que se mandasen impri­mir a costa del monarca, que su contenido fuera obligatorio, y se ordenara su distribución por el reino. El 29 de enero de 1567 se le concedió la licencia de impresión, pero ni la Cámara correría con todos los gastos (el 11 de noviem­bre de ese año se le otorgaron 300 ducados), ni su contenido sería obligatorio. Pasquier se sintió defraudado por el desprestigio de su falta de obligatoriedad y por el perjuicio económico de imprimirla en parte a su costa. A ello, se unió más tarde el proceso contra uno de los oficiales a los que el autor encomendó la venta de su obra, acusado y condenado por obligar a comprarla cobrando un precio superior al fijado por el Consejo. Al mismo Pasquier, el visitador Pedro Gasco, en 1568, lo acusó de revestir con la autoridad del Consejo la instrucción dada a los repartidores de su «nueva recopilación», compeliéndoles a comprar­la (se le imputó también ser parcial, no guardar el comportamiento debido en el Consejo y su adicción al juego, aunque por nada de ello fue condenado). Su prestigio se resintió. Los Estados navarros, contrariados, ni siquiera aceptaron la donación que hizo de numerosos ejemplares con el fin de difundirla. A los argumentos esgrimidos contra la primera recopilación añadieron, ahora, uno capital: había osado mutilar unas normas que, por pactadas, no podían alterar­se sin el consentimiento del reino. Aunque ninguna de las dos recopilaciones obtuvo el título de oficiales al faltarles la aprobación de los Estados, sirvieron de modelo para otras posteriores, y su utilidad, desde aquel momento y hasta hoy, no admite dudas.

Finalmente, Pasquier, que en su obra no había recogido el derecho conte­nido en el Fuero Reducido, en 1567, intervino, junto a otros consejeros y sín­dicos nombrados por el reino, en la última revisión de este texto para lograr su impresión, pero, en 1568, Felipe II escribió al virrey: «Mi voluntad es que no se imprima (el Fuero Reducido)». Se cerraba, así, sin ningún texto oficial, la primera etapa del proceso recopilador del Derecho de Navarra.

Obras

Junto con Pedro de Balanza, Las ordenanzas, leyes de visita, y aranzeles, pregma- ticas, reparos de agravio, & otras provisiones Reales del Reyno de Nauarra, impressas por mandado de su Mag. el Rey D. Phelippe nuestro señor, y del Ilustríssimo Duque de Alburquerque su Visorrey en su nombre, con acuerdo del Regente y Consejo del dicho Reyno, Estella: Adrián de Anvers, 1557 [Ordenanzas Viejas].

Recopilacion de las Leyes y Ordenanqas, Reparos de agrauios, Prouisiones, y cedulas Rea­les del Reyno de Nauarra, y Leyes de visita que estan hechas y proueydas, hasta el año de mil, y quinientos y sesenta y seys. Recolegidas y puestas en orden por sus, con su Repertorio, por el Licenciado don Pedro Pasquier, del Consejo Real de su Magestad, del dicho Reyno, Estella: Adrián de Anvers, 1567 [Ordenanzas Nuevas].

Bibliografía

Arregui Zamorano, P., «Pedro Gasco, licenciado por la Universidad de Salamanca, Visitador del Consejo Real de Navarra», De nuevo sobre juristas Salman­ticenses. Estudios en homenaje al profesor Salustiano de Dios, Salamanca: Ediciones Universidad de Salamanca, 2015, pp. 51-96.

— «El proceso recopilador del Derecho navarro entre 1556 y 1574. El Fuero Reduci­do de Navarra y la obra de Pasquier», Príncipe de Viana, vol. 76, núm. 262 (2015), pp. 565-580.

Galán Lorda, M., «Navarra tras la incorporación a Castilla: el difícil equilibrio entre el Derecho del reino y el Derecho del rey», Galán, M. (dir.), Gobernar y adminis­trar justicia: Navarra ante la incorporación a Castilla, Pamplona: Aranzadi, 2012, pp. 149-241.

Martínez Arce, M.a D., Recopiladores del Derecho Navarro. Trayectorias personales y pro­fesionales de los recopiladores de fueros y leyes de Navarra, Pamplona: Gobierno de Navarra, 1998, pp. 27-29 y 47-54.

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Cita bibliográfica

Arregui Zamorano, P., “Pasquier, Pedro”, Jimeno Aranguren, R., (dir), Notitia Vasconiae. Diccionario de historiadores, juristas y pensadores políticos de vasconia, T. I, Marcial Pons, Madrid, 2019, pp. 520-523.

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