Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Obras y autores navarros

MONTORO SAGASTI, José Joaquín (Pamplona, 29 de marzo de 1898 – Pamplona, 25 de mayo de 1956).

Cargos y oficios

Abogado, historiador del Derecho, escritor y dibujante

Trayectoria

Montoro Sagasti cursó sus estudios de bachillerato en el colegio San Francisco Javier que la Compañía de Jesús tenía en Tudela, hecho que, sin duda, le uniría a la ciudad ribera. Estudió leyes en Madrid, comenzando a ejercer la abogacía en octubre de 1920.

Sus primeras publicaciones estuvieron muy ligadas a su labor profesional y a un marco geográfico muy concreto, la Ribera de Navarra. Se trataba de estudios jurídicos, no exentos de un componente social y económico, dada la naturaleza de los hechos analizados y uno de los problemas agrarios más importantes en el primer tercio del siglo xx en la mitad sur de Navarra: el reparto de tierras en las Bardenas Reales. Constituía una facería cuyo disfrute correspondía a un número determinado de pueblos, valles y entidades congozantes, donde se había roturado de forma desordenada y en beneficio de los pueblos más próximos, cuyos vecinos con más recursos, para dar respuesta a su hambre de tierra, se habían lanzado sin control o con la connivencia de las autoridades locales sobre sus tierras. Una serie de pueblos se reunieron y acordaron solicitar el reparto de las Bardenas Reales entre los pueblos congozantes.

Se le encargó a Montoro Sagasti un memorial para elevarlo al Juzgado de Tudela; memorial que en 1926 sería publicado bajo el título Al Juzgado de 1.ª Instancia de Instrucción de Tudela. Demanda solicitando la participación de las Bardenas Reales de Navarra. Ese mismo año verían la luz otras dos obras relativas a Bardenas Reales: Recopilación de las Ordenanzas de las Bardenas de Navarra desde las primeras de 1756 hasta las de 1915 y su Compilación de los amojonamientos, apeos y deslindes de las Bardenas de Navarra con los términos de los pueblos limítrofes a las mismas. El Juzgado de Tudela falló a favor de los pueblos particionistas en julio de 1928, lo cual no significó que se hiciera efectivo el reparto, ya que la Audiencia de Pamplona revocó, en enero de 1930, dicha sentencia.

Es probable que su dominio de la legislación bardenera favoreciese que se le contratase en varios pueblos para proporcionar respuestas jurídicas y sociales al otro gran asunto que, junto al reparto de las Bardenas Reales, conformaba la cuestión social: el problema de las corralizas de la mitad sur de Navarra. Tras dos décadas de graves e intensos conflictos sociales, la cuestión corralicera continuaba candente. De ahí que, en no pocos pueblos, con el final de la dictadura de Primo de Rivera y la irresolución del problema agrario por antonomasia, se redoblasen las reivindicaciones de los ayuntamientos en pro de la recuperación del comunal usurpado.

En la primavera de 1928 se fundó en Falces la Sociedad para la Defensa de los Bienes Comunales. Se reunía en una taberna de la plaza, conocida como la comunera y de allí salieron las instancias presentadas ante el Ayuntamiento instándole a defender el comunal. Este contrató a Montoro Sagasti para que elaborase un estudio jurídico-histórico-social sobre la propiedad comunal y la privada en Falces. A comienzos de octubre, Montoro se reunió con la Sociedad para la Defensa de los Bienes Comunales para definir los términos del estudio. Con el cambio de año lo presentó, señalando que era posible recuperar las intromisiones en el comunal que se hubieran llevado a cabo desde 1902, siempre que no hubiesen sido reconocidas como propiedad privada en catastro alguno.

Casi al mismo tiempo Montoro se reunía con la Comisión pro-reintegración de terrenos comunales que el Ayuntamiento de Olite había nombrado para intentar dar respuesta a la «gran crisis porque este pueblo atraviesa», fruto de la falta de tierras que repartir entre el vecindario, convertido, a juicio de Montoro Sagasti, en «siervos mediovales». La comisión contó con Montoro como asesor. Este les aconsejó desistir de la vía judicial para recuperar el comunal; sí, en cambio, personarse en Madrid, en el Ministerio de Trabajo y en La Acción Social Agraria con un memorándum avalado por más de 800 vecinos que habían firmado. El objetivo no era otro que reeditar la fórmula de la cesión de tierras que resolviese «la cuestión económico-social que desde comienzos del pasado siglo hasta la fecha existe en Olite»: el destino de las corralizas. Sus encargos en Falces y Olite se plasmaron, pocos meses después, en sendas publicaciones: La propiedad privada y la comunal en la ciudad de Olite (Navarra) y La propiedad comunal y la privada en la villa de Falces (Navarra).

Montoro Sagasti fue, también, colaborador del semanario Navarra, publicación que apareció en 1931. En él tenía una sección en la que analizaba, con aroma satírico, alguno de los hechos políticos más relevantes del momento, como el asunto de las corralizas o el estatuto vasco, a cuyo favor se posicionó. Durante el otoño de 1931, Montoro Sagasti participó, a petición de Ramón de Goñi, secretario del NBB y administrador del diario La Voz de Navarra, como propagandista del PNV. Montoro trató de constituir juntas municipales en Cascante, Murchante y Tudela; esta última sería presidida por él mismo. Participó, igualmente, en mítines y en la inauguración del Centro Vasco de Marcilla.

Otras facetas en las que destacó Montoro Sagasti fueron en la recuperación de la memoria medieval y multirracial de Tudela, gracias a los artículos que durante la década de 1950 fue publicando en la revista ¡Fiestas! Nada desdeñable, tampoco, fue su afición por el dibujo, hasta el punto de obtener el reconocimiento del pintor Flores Kaperotxipi.

Mientras tanto, Montoro Sagasti seguía ejerciendo su profesión, así como participando, desde febrero de 1948, en la Comisión Compiladora del Derecho Civil de Navarra, impulsada por el magistrado Juan Santamaría Ansa. Tras algo más de una década de trabajo, la Comisión navarra presentaría el Anteproyecto de Fuero Recopilado en octubre de 1959; sería uno de los trabajos previos que serviría de base para la redacción de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra en 1973.

Obras

Al Juzgado de 1.ª Instancia de Instrucción de Tudela. Demanda solicitando la participación de las Bardenas Reales de Navarra, Pamplona: Imp.-Libª.-Enc. Emilio García Enciso, 1926.

Recopilación de las ordenanzas de las Bardenas de Navarra, desde las primeras de 1756 a las vigentes de 1915: con un prólogo en el que se consigna la evolución del derecho a las Bardenas, Tudela: Comisión Permanente de Pueblos Particionistas de las Bardenas de Navarra, 1926.

Compilación de los amojonamientos, apeos y deslindes de las Bardenas de Navarra con los términos de los pueblos limítrofes a las mismas, Tudela: Comisión Permanente de Pueblos Particionistas de las Bardenas de Navarra, 1926.

La propiedad privada y la comunal en la ciudad de Olite (Navarra): Estudio histórico-jurídico-social, a petición del M. I. Ayuntamiento de Olite, Pamplona: Talleres Tip. «La Acción Social», 1929.

La propiedad comunal y la privada en la villa de Falces (Navarra), Estudio Jurídico-Histórico-Social, a petición del M. I. Ayuntamiento de Falces, Pamplona: Talleres Tip. «La Acción Social», 1929.

Bibliografía

Alli, J. C., «Las corralizas en Navarra. Historia, naturaleza y régimen», Iura Vasconiae, núm. 1 (2004), pp. 315-364.

Bidador, J., «Obra histórico-literaria de José Joaquín Montoro Sagasti», PV, núm. 264 (2016), pp. 453-458.

Gastón, J. M., «Sucesos corraliceros y movimiento comunero en Navarra: Olite, 1791-1931», en Rivera, A.; Ortiz de Orruño, J. M.ª; y Ugarte, J. (eds.), Movimientos sociales en la España contemporánea, Madrid: Abada Editores, 2008.

— «Empoderamiento comunero y conflicto en el sur de Navarra: Falces, 1800-1936», Estudis d’Història Agrària, 25 (2013), pp. 47-71.

Majuelo, E., y Pascual, Á., Del catolicismo agrario al cooperativismo empresarial. Setenta y cinco años de la Federación de Cooperativas navarras, 1910-1985, Madrid: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, 1991.

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