Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Obras y autores navarros

ARVIZU Y AGUADO, Fernando (Pamplona, 26 de febrero de 1891 – Pamplona, 25 de septiembre de 1930).

Cargos y oficios

Abogado

Trayectoria

Descendía una familia de juristas que se remontaba, en el momento de su nacimiento, a varias generaciones. Su padre, Javier Arvizu y Górriz, fue decano del Colegio de Abogados de Pamplona. Su bisabuelo, Javier María de Arvizu y Echeverría, síndico de las últimas Cortes de Navarra. Su tatarabuelo, Manuel de Arvizu y de Estenoz, fue procurador y escribano del Consejo Real de Navarra. El suegro de este era Nicolás de Echeverría, también escribano de dicho Consejo Real. Y quizá pudiéramos remontarnos aún más atrás.

Se licenció en Derecho en la Universidad de Madrid (entonces Central). Comenzó inmediatamente a ejercer como abogado, alcanzando pronto notoriedad en todo el distrito de la Audiencia Territorial por su buen hacer y excelente preparación. Fue vocal de algunos tribunales de oposición a canónigos del Cabildo Catedral. Formó parte de la Junta del Colegio de Abogados de Pamplona como diputado primero. Fue, además, asesor de múltiples sociedades mercantiles.

Pero el legado de Arvizu y Aguado perduró —pese a su muerte prematura— debido a los libros que dejó escritos. El principal de ellos versa sobre las donaciones inter vivos en el Derecho civil de Navarra, dedicado a su padre, publicado por primera vez en 1928. Esta obra mereció el homenaje corporativo del Colegio de Abogados de Pamplona, del que se conserva el pergamino que le fue entregado en aquel acto. Se trata de una obra extensa, que examina de manera exhaustiva este negocio jurídico con todas sus variantes, incluyendo la dote —en aquel tiempo permitida— y las donaciones propter nuptias. Esta obra sería incluida en la Biblioteca de Derecho Foral, que publicó la Diputación Foral de Navarra en los años sesenta del pasado siglo. Al año siguiente publicó otra obra sobre la colación de bienes con especial referencia al Derecho civil de Navarra, encuadrando esta institución en el tratamiento de otros muchos ordenamientos jurídicos nacionales y extranjeros.

Como obras ya de menor entidad, han de mencionarse unos casos prácticos de Derecho civil, recopilados de notas de su propio bufete, publicados en 1927; al igual que sus temas de Derecho procesal civil, publicados al año siguiente. En el mismo año de su muerte vio la luz un anteproyecto de Apéndice al Código Civil, que escribieron mancomunadamente Arvizu y Aguado y Rafael Aizpún Santafé. Sabido es que el Código Civil, en el momento de su promulgación, establecía que los territorios con Derecho foral propio debían redactar unos Apéndices, que quedarían anejos al Código como Derecho especial. A esta idea responde el anteproyecto, al igual que otros varios aparecidos en diferentes regiones forales.

En 1930 se publicó otra obra suya, póstuma, sobre el Derecho de Sucesión mortis causa, también referido a Navarra. Se trata de una tarea que el autor no llegó a terminar pero que él consideraba la obra de su consagración como foralista, según dice Eladio Esparza en el prólogo de la misma, rebosante de afecto y de sentimiento. Pese a no estar concluida, el hecho de que alcanzase ya las 80 páginas impresas da una idea de su magnitud, si hubiera podido ser terminada. Preparaba asimismo para su publicación una colección de Dictámenes, un libro sobre la acción reivindicatoria y otro que hubiera llevado por título Juristas navarros de antaño y hogaño. Ninguna de estas tres obras llegó a ver la luz.

Arvizu y Aguado contrajo matrimonio en 1918 con Micaela Elizondo Duhalde, hija mayor del empresario navarro Domingo Elizondo y Cajén. Al haber fundado este la sociedad El Irati, dedicada a la producción de energía eléctrica, derivados de la madera e incluso al primer tren eléctrico que circuló en Navarra —entre Pamplona y Sangüesa—, asumió a la muerte de su suegro (1929) la presidencia del Consejo de Administración de dicha sociedad. El matrimonio Arvizu-Elizondo tuvo seis hijos, de los que tres llegaron a la edad adulta.

Hombre muy familiar, de infinita paciencia con los más pequeños, era un gran dibujante, cualidad heredada de su abuelo y de su padre, aunque sin embargo no era cazador, como lo fue este último. Tenía una exigente moralidad consigo mismo, que todo el mundo apreciaba, hasta el punto de que sus últimos momentos —cuando le fue llevado el Viático— fueron un testimonio impresionante de afecto ciudadano. Su entierro, celebrado dos días después de su fallecimiento, revistió el mismo carácter, hasta el punto de que la iglesia de San Agustín se quedó pequeña para dar cabida a todos los que quisieron asistir al funeral. A la conducción del cadáver al cementerio de Pamplona asistieron todas las autoridades de la ciudad.

Su muerte absolutamente prematura, debida a una larga enfermedad, privó a Navarra de uno de sus más grandes juristas del siglo xx, como ha recordado entre otros, con admiración, el distinguido jurista navarro Francisco Salinas Quijada.

Obras

Temas de Derecho Civil, Pamplona: edición a cargo del autor, 1927.

Temas de Derecho Procesal Civil, Pamplona: Aramburu, 1928.

Las donaciones inter vivos en el Derecho Civil de Navarra, Pamplona: edición a cargo del autor, 1928. Reed. por la Diputación Foral de Navarra en la Biblioteca de Derecho Foral, t. VII, Pamplona, 1964.

El Derecho Civil de Navarra y la colación de bienes, edición a cargo del autor, Pamplona: Imp. E. García Enciso, 1929.

Con Aizpún Santafé, R., Anteproyecto de Apéndice de Navarra al Código Civil, Pamplona: Imp. provincial, 1930.

El derecho de sucesión mortis causa en Navarra, edición a cargo de los herederos del autor, Pamplona: Imp. de Jesús García, 1930.

Bibliografía

Salinas Quijada, F., «Algo sobre la obra de don Fernando Arvizu y Aguado», Diario de Navarra, Pamplona, 30 de junio de 1963.

— Derecho Civil de Navarra, Pamplona: Aranzadi, t. I, 1971, p. 328.

— Estudios de Historia del Derecho Foral de Navarra, Pamplona: Diputación Foral de Navarra, 1978, pp. 441-443.

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