Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Obras y autores navarros

ARANZADI IRUJO, Manuel (Estella, Navarra, 31 de marzo de 1882 – Pamplona, 25 de abril de 1942).

Cargos y oficios

Abogado, empresario y político

Trayectoria

Hijo de Estanislao Aranzadi Izkue y de Juana Irujo Urra, Manuel nació en Estella en 1882 y fue bautizado en la parroquia de San Pedro de la ciudad. Casado con Jesusa Rodríguez Iriarte, tuvieron cuatro hijos. Maritxu, soltera; Estanislao, casado con Ramona Rementeria; Manuel, casado con Gloria Menéndez, y Jesusa, soltera.

Participó desde muy joven activamente en política. Miembro del Napar Buru Batzar de EAJ-PNV, en junio 1909 Manuel fue cofundador del Centro Vasco de Pamplona, una institución destinada a fomentar la cultura vasca en la ciudad y fue asimismo cofundador del semanario Napartarra, de cuyo equipo de redacción formó parte durante varios años. Fue diputado a Cortes por Navarra en 1918 y miembro activo de Comunión Nacionalista Vasca a partir de 1921, fue elegido diputado de la coalición Alianza Foral que en el punto segundo de su programa declaraba que tenía como objetivo la «reintegración foral plena y, en ese sentido [la] restauración, como punto de partida, en todo su vigor y eficiencia iniciales, del pacto de 1841, para llegar á la derogación de la nefasta y tiránica ley de 25 de octubre de 1839, que aniquiló la soberanía de Navarra y de todo el País Vasco, así de cuantas atentaron contra la constitución foral de nuestro País». El programa político de Aranzadi se sustenta en la exigencia de la reintegración foral, lo que le lleva a enfrentarse a los defensores de otras corrientes políticas sin que de ello pueda deducirse que no fuera independentista. En su famoso discurso del 16 de abril de 1918 se enfrentó a Víctor Pradera y a Indalecio Prieto defendiendo la identidad nacional del pueblo vasco y exigiendo la reintegración foral plena, esto es, la devolución de las facultades ejecutivas, legislativas y judiciales anteriores a la Ley de 25 de octubre de 1839, lo cual constituía, de iure, la reivindicación de la independencia administrativa de los cuatro estados vascos de Hegoalde. La revitalización de la lengua y cultura vascas fue otra de las líneas maestras de su política. En este empeño figura entre los cofundadores de Eusko Ikaskuntza en 1918 y colaboró con su primo Manuel Irujo en la preparación del borrador del Estatuto Vasco-Navarro. En 1920 participó en el segundo congreso de Estudios Vascos de Eusko Ikaskuntza que se celebró en Iruñea-Pamplona y fue asimismo cofundador del diario La Voz de Navarra en 1923. La imposición de la dictadura de Alfonso XIII en septiembre de 1923 obligó a Aranzadi a exilarse temporalmente a Hendaya en 1924.

Tras la caída del régimen dictatorial, Aranzadi se afilió a EAJ-PNV y en marzo de 1931 fue elegido presidente del Napar Buru Batzar y, como tal, pasó a ser miembro del Euzkadi Buru Batzar. La política de alianzas de las elecciones municipales y las elecciones constituyentes de 1931 generaron tensiones entre los jelkides de Navarra y Bizkaia. Los primeros presentaron una lista encabezada por Manuel Aranzadi, y compuesta por figuras destacadas del nacionalismo vasco en Navarra como su primo Manuel Irujo, Jesús Doxandabaratz y Santiago Cunchillos, los cuales se negaron a coaligarse con el carlismo más reaccionario. Todos ellos sufrirán las consecuencias de su militancia política tras el alzamiento de 1936.

Escribió numerosos artículos en publicaciones vascas e intervino en numerosas ocasiones en las Cortes de Madrid, y tras la fundación de la editorial Aranzadi en 1929, publicó su obra magna, los repertorios cronológicos de legislación y jurisprudencia, así como los dos índices progresivos que vieron la luz con posterioridad. Tal como expresó el autor en el prólogo del Índice progresivo de 1930, «esta obra no es un poema, ni la tabla de logaritmos una sonata». Debido a su gran aceptación y divulgación, su obra sería conocida como «el Aranzadi».

Al estallar la rebelión contra la República, Manuel Aranzadi fue obligado a prestar su adhesión a los sublevados, sin que nunca suscribiera sus métodos ni se adhiriera a su doctrina política. Si bien un hermano y uno de sus hijos tuvieron que alistarse en unidades de requetés, tanto él como su hija Maritxu y su hijo Estanis ayudaron activamente a los presos de la prisión de Iruñea-Pamplona y San Cristóbal, así como a aquellos represaliados, sospechosos de haber militado en las filas del nacionalismo vasco con anterioridad a 1936. Manuel falleció en Iruñea-Pamplona en abril de 1942 a la edad de sesenta años.

Obras

Repertorio Cronológico de Legislación y el Repertorio de Jurisprudencia, Iruñea-Pamplona: Aranzadi, 1930.

Índice progresivo de legislación y jurisprudencia, Madrid: Espasa-Calpe, 1930.

Índice progresivo de legislación y jurisprudencia. Termina con las disposiciones publicadas en 31 de diciembre de 1930, Madrid: Espasa-Calpe, 1931.

Bibliografía

Ametzaga, A., Irujo. Una familia vasca, Donostia: Elkar, 2018.

Auñamendi, «Aranzadi Izcue, Estanislao de», Auñamendi Entziklopedia. Ed. en línea: https://aunamendi.eusko-ikaskuntza.eus/fr/aranzadi-izcue-estanislao-de/ar-143213/ (consultado el 10 de diciembre de 2020).

Chueca, J., El nacionalismo vasco en Navarra (1931-1936), Bilbao: Euskal Herriko Unibertsitateko Argitalpen Zerbitzua, 1999.

Cunchillos, S., «Manuel de Aranzadi», Euzko Deya, mayo 30 (1942), p. 4.

— La construcción de una nacionalidad vasca. El autonomismo de Eusko Ikaskuntza (1918-1931), Gasteiz: Eusko Jaurlaritza, 1990.

García-Sanz Marcotegui, Á., Daniel Irujo Urra (1862-1911), Pamplona: Pamiela, 1995.

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