Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Obras y autores guipuzcoanos

ZUAZNÁVAR Y FRANCIA, José María (San Sebastián, 17 de diciembre de 1764 – San Sebastián, 7 de julio de 1840).

Cargos y oficios

Jurista, político, académico y escritor

Trayectoria

Primogénito de una arraigada familia guipuzcoana, de buen patrimonio y desahogadas rentas, contaba, además, con sólidas vinculaciones en la administración y en la corte de la Monarquía. José María Zuaznávar hilvanó y cuajó su carrera mediante su patrimonio, su educación, sus elitistas vinculaciones, su dedicación pública y su afición a la escritura. Esa carrera la consignó en la autobiografía que escribió en sus postreros años de vida. En 1833 publicó Memorias para la vida de D. José María de Zuaznávar y Francia, que posteriormente, en 1834, corrigió y editó en Bayona. Y en 1835 remató sus rememoraciones con otro memorial al que intituló Mis ocios o ratos ociosos en Bayona. Este conjunto de memorias no son unas evocaciones para testimoniar los recuerdos de toda una vida o evocar reflexivamente lo vivido por su redactor. Son un relato trazado para ensalzar los merecimientos y la fama que los avatares de la vida le negaron al autor una mayor difusión. Si rememora sus quehaceres es para señalar la valía que él consideraba que se había granjeado y que, en consecuencia, debía airear y publicitar. Se trata, en suma, de unas memorias ciertamente originales, testimonio de una forma concreta de entender la vida y de vivir una condición social en la Vasconia que transitaba del siglo xviii al xix. Un sugestivo alegato sobre cómo extender la notoriedad de una vida concebida como natural y propia de un estamento social. La extensa lista de nombres y de condiciones sociales con las que cierra sus memorias son un elocuente testimonio de con quién y para qué se relacionó su autor.

Formado en la Universidad de Oñati, en donde ingresó en 1778 y de donde egresó como bachiller en Leyes en 1882, recibió una instrucción caracterizada por dos aprendizajes que, sin duda, incidieron en la forma de desarrollar su carrera, su profesión y su discernimiento político. En Oñati recibió, de entre otros profesores, las enseñanzas del que sería obispo de Ávila, Ramón María de Adurriaga, uno de los firmantes, en 1814, del involucionista Manifiesto de los Persas. Y sus horas de estudio las dedicó a la obra de Johan Gottelieb Heineccius- o Heinecke (1681-1741) —conocido también como Juan Heinecio—, un autor defensor del absolutismo monárquico como fundamental forma de gobierno y también un erudito afanado en cambiar la manera de estudiar las leyes.

Con su título y bagaje intelectual se instaló en Madrid en 1784, para continuar estudiando y labrarse una carrera. Mediante sus vinculaciones familiares se integró plenamente en el círculo de vascos instalados en la Corte, los cuales desempeñaban destacadas labores en la administración del Reino. Trabajó en el despacho del navarro José de Ibarra, quien sería, con los años, ministro de Justicia. También impartió, en los Reales Estudios de San Isidro, Derecho Natural y de Gentes, alcanzando la categoría de catedrático, compaginándola con la Secretaría de la Junta de Legislación de Indias y el cargo de vicepresidente de la Real Academia de Derecho Español. También formó parte de la Academia Teórico-Práctica de Jurisprudencia. En estos desempeños pudo aplicar los por entonces innovadores métodos de enseñanza diseñados por Heineccius y propalar sus nociones sobre la natural potestad absoluta y soberana de las monarquías. En esta época comenzó a redactar una Colección Jurídica que completó durante su andadura profesional hasta 1824, y que quedó inédita en una colección de manuscritos encuadernados. Y sobre sus nociones jurídicas y educativas publicó, ya en 1833, Compendio de la primera parte del discurso sobre el estado natural y civil del hombre. Para el uso de la juventud en las universidades. También era un testimonio sobre cómo desempeñar su oficio tras sus años de experiencia docente y administrativa.

En 1786 recibió el nombramiento de letrado del Consejo de Castilla. Y en 1791 fue designado fiscal de la Audiencia de Canarias, cargo del que tomó posesión en agosto de 1792. Fue cesado en 1803 a consecuencia de las intrigas maniobradas por el círculo de Godoy, cuando peligró que, como fiscal, indagara en ciertas prácticas fraudulentas de un pariente próximo al valido; en concreto al marqués de Branciforte, cuñado de Godoy. Es probable que este revés alimentara en Zuaznávar cierto recelo hacia Godoy y una cierta lealtad por la política del rey Fernando VII y su círculo.

Durante su estancia en Canarias, además de iniciar la redacción de su Diario, publicó Invasión de la isla de Tenerife por los ingleses en 1797 y Catálogo de los pueblos del distrito de la Real Audiencia de Canarias, obras que completó después con Noticias histórico-legales de la Real Audiencia de Canarias desde la conquista de aquellas hasta el año de 1755 (1815), Compendio de la Historia de Canarias (1816) y Los vascongados en las Canarias (1820). Este interés por la historia y la geografía le acompañó en sus ratos de ocio y en sus conversaciones, completado también por la música. En particular por las composiciones de Hayden.

Tras su cese, publicitado como una «honrosa» jubilación, permanece en Canarias hasta organizar su vuelta. A su retorno escribió un texto en favor de Gipuzkoa y sus Fueros tras la aparición de las Noticias históricas de las tres Provincias Vascongadas de Juan Antonio Llorente publicadas en 1806. El manuscrito intitulado Llorente contra Llorente, demostrando las contradicciones y errores cometidos por este en su obra, en lo tocante á Guipúzcoa es una defensa de la foralidad guipuzcoana ante el ataque dirigido por Llorente contra el origen y la condición de sus Fueros. Llorente escribió y publicó su obra ligada a los intereses de Godoy y Jovellanos; la sombra del valido reaparece en los pensamientos de Zuaznávar. Este opúsculo foralista es uno de los ingredientes, como luego se verá, de la controversia que acompañará al legado de Zuaznávar.

A su retorno a la península, pasa sus días entre Hernani y Pamplona evitando los rigores de la Guerra de la Independencia en una de propiedades sitas en Zarautz, pendiente de su patrimonio y de sus familiares y allegados. Atento a los acontecimientos de la conflagración, procuró no inmiscuirse hasta que las tropas napoleónicas comenzaron a abandonar Gipuzkoa. En concreto colaboró con el general Mendizábal y la Diputación para ordenar la financiación de las guerrillas que pululaban en Gipuzkoa «contra el francés».

Reanudada la vida rutinaria tras la guerra, fue nombrado correspondiente por la Academia de la Historia, restableciendo sus contactos en la corte en un Madrid muy diferente del que, según su testimonio, conoció en su juventud. En 1819, fruto de su desenvolvimiento con sus contactos ocupó el cargo de ministro del Tribunal de Contrabando del Reino de Navarra, con retención de plaza de oidor del Consejo de Navarra, del que se jubiló en agosto de 1824. También fue magistrado de la Audiencia territorial de Pamplona. Es en este destino donde compuso una serie de obras que marcaron su posteridad. Se trata de unos estudios que realizó y publicó sobre Navarra.

En línea con su formación, Zuaznávar había retenido de Heineccius la importancia que en el ámbito del Derecho se debía conceder a la historia. De ahí que Zuaznávar se interesara por conocer bien el lugar en el que debía desenvolverse. De Navarra escribió y publicó Estados de la cuestión del comercio interior de granos en el Reyno de Navarra (1817) y Discurso sobre el comercio exterior de granos del Reyno de Navarra (1818), una plasmación de sus conocimientos históricos sobre el comercio de productos agrícolas en el reino.

En pleno periodo liberal publicó entre 1821 y 1822 los dos volúmenes de Ensayo histórico-crítico sobre la legislación de Navarra. En este escrito, tras glosar la aportación de la Constitución de 1812 al reino, arroja dudas sobre la validez histórica del régimen foral navarro. Tras la publicación de esta obra, se jubiló, como hemos mencionado, de sus cargos y se retiró a Hernani. No parece que sintiera simpatías por el régimen liberal instalado en Madrid, ni por la Constitución de 1812 pues se abstuvo de jurarla en 1820 para continuar en el cargo e incluso llegó a intentar exiliarse en Francia cuando intuyó que no contaba con la anuencia del gobierno de entonces.

Pero transcurrido el periodo liberal y restaurado el poder del Fernando VII, vuelve a editar entre 1827 y 1829 el Ensayo. Esta vez sin menciones a la constitución gaditana, con una clara postura a favor del absolutismo monárquico como forma de gobierno y con un acendrado interés en demostrar la invalidez de los Fueros del reino de Navarra y la conveniencia de la administración absolutista y centralista propugnada por la corte de Fernando VII. Esta postura fue rechazada y atacada por Yanguas y Miranda, Sagaseta de Ilúrdoz, y Olóriz, para quienes la obra de Zuaznávar era un puro dislate. En 1966 la segunda edición de esta obra fue reeditada por la Diputación Foral de Navarra.

De la postura en defensa de Gipuzkoa y sus Fueros mostrada en 1806, Zuaznávar tomó una postura abiertamente absolutista y explícitamente refractaria a los Fueros del reino de Navarra. De ahí su postrera y ganada fama de antiforalista. En cierta manera, esa fama es directamente proporcional a su interés por apoyar a un gobierno centralista que sirviera a sus intereses y a su rango. Si en 1806 defendió a Gipuzkoa lo hizo, probablemente, movido por menoscabar a un oponente como Godoy y devolver la afrenta sufrida en Canarias a instancias de la camarilla del Príncipe de la Paz.

En la primera edición de su obra sobre la legislación navarra, sus referencias a la Constitución de 1812 aparentan un tímido intento de concitar el interés por las autoridades liberales hacia su persona por su orientación centralista. Pero al final del Trienio liberal y la llegada de la Restauración le animan a reeditar la obra expurgando cualquier veleidad constitucionalista liberal y, a cambio, asentando su postura lealmente absolutista. En su devenir hasta llegar a Navarra, adoptó una postura proclive a la Monarquía absolutista y centralista. Cierto es que la destitución de su puesto de Canarias parece que le llevó a considerar una mejor predisposición hacia el entorno de Fernando VII. De hecho, mostró personalmente su apego a la Monarquía cuando Fernando VII visitó San Sebastián en 1828 y cuando en 1831 lo hicieron la reina María Cristina y la infanta Isabel. Ahora bien, la corrección argumental que realizó de su ensayo sobre la legislación navarra entre el periodo liberal y la Restauración fernandista apuntan a un interés en granjearse un lugar entre los integrantes de la corte. En sus memorias menciona que «principió» un opúsculo sobre los planteamientos de Llorente para corregir sus errores en lo tocante a la historia de Gipuzkoa, nada más. Pero en las mismas memorias cuenta con satisfacción cómo «recibió» por designación regia una plaza, en 1829, de alcalde de Casa y Corte, y en 1831, el cargo de ministro del Consejo de las Órdenes militares, correspondiente a la de Montesa, de la que era caballero. Y en esas mismas memorias resalta sucesivamente en las páginas finales que no hubo mejor Monarquía y ministros que la que encarnó Carlos III.

Precisamente, la producción de Zuaznávar emula a los ministros ilustrados de aquel periodo. Floridablanca y Campomanes aparecen referidos varias veces en sus memorias como ejemplos modélicos en los que inspirarse. La amplia producción bibliográfica de Zuaznávar abarca, como hemos visto, no solo temas jurídicos, sino que también atiende tratados de contenido histórico y geográfico; una dedicación habitual a finales del siglo xviii entre magistrados ilustrados. No parece que Zuaznávar recelara de la Ilustración, al contrario. La consideraba una vía de reforma, pero sin grandes transformaciones, de la mano de un gobierno absolutista que mantuviera el orden y, sobre todo, su posición social. Zuaznávar se labró su carrera gracias a sus puestos en la Administración. Y para preservar ese orden tuvo la ocurrencia de tratar de combinar la vida ilustrada de las gentes de su condición con un gobierno absolutista; con un refuerzo de las razones de la Monarquía para concentrar el poder del reino y mantener su carrera en plenitud de honores y en una categoría social distinguida; la propia y natural de su estirpe. Este es el ideario que recorre su autocomplaciente autobiografía.

Obras

Obra. Inéditas. Historia rerum gestarum populi Romani, etc. (s. f.).

Varias Oraciones pronunciadas en la Real Academia de Derecho español (s. f.).

Historia de Canarias y su geografía (s. f.).

Varios sucesos de Canarias desde 1796 a 1802.

Tratado sobre las cárceles.

Tratado sobre los Procuradores fiscales del Rey.

Tratado sobre los delitos de Incontinencia.

Plan de Hacienda para el arreglo de las guerrillas de Guipúzcoa, 1812 (aprobado por el General en jefe Mendizábal y por la Regencia).

Colección Jurídica, treintaiocho tomos en folio, y pasta, trabajados en Madrid, Canarias y Pamplona desde 1784 a 1824.

Memoria sobre el Diccionario de la Real Academia, artículo Hernani.

Memoria sobre la Vida de su padre, con buena parte de la Historia moderna de Guipúzcoa.

Diario de mis ocupaciones durante mi mansión en Teide, a fines del año de 1805 y principios de 1806 (manuscrito).

Llorente contra Llorente, demostrando las contradicciones y errores cometidos por este en su obra, en lo tocante á Guipúzcoa, c. 1806.

Publicadas. Compendio de la historia de las Canarias formado en su principio con la concisión correspondiente para las escuelas de primeras letras de aquellas islas y hoy aumentado notablemente en obsequio de la verdad, Madrid: Imprenta que fue de Fuentenebro, 1816.

Estados de la cuestión del comercio interior de granos en el Reyno de Navarra, Pamplona: Paulino Longas, 1817.

Discurso sobre el comercio exterior de granos del Reyno de Navarra, Pamplona: Paulino Longas, 1818.

Ensayo histórico-crítico sobre la legislación de Navarra, Pamplona: Imprenta de la viuda de Rada, 1820-1821.

Ensayo histórico-crítico sobre la legislación de Navarra, San Sebastián: Imprenta de Ignacio Ramón Baroja, 1827-1829.

Elogio de don Alonso V de Aragón y I de Nápoles, Madrid: Ibarra impresor de Cámara de S. M., 1832.

Compendio de la primera parte del discurso sobre el estado natural y civil del hombre. Para el uso de la juventud en las universidades, Madrid: Imprenta M. D. Burgos, 1833.

Compendio histórico de la jurisprudencia de la Corona de Castilla, Madrid: Imprenta M. D. de Burgos, 1834.

Noticias para literatos acerca de los archivos públicos de la hoy estinguida Sala de Señores Alcaldes de Casa y Corte, y del Repeso Mayor de Corte, San Sebastián: Imprenta de Ignacio Ramón Baroja, 1834.

Las memorias para la vida, Bayona: Imprenta de Lamaigère, 1834.

Mis ocios, o Ratos ociosos en Bayona, Bayona: Imprenta de Lamaigère, 1835.

Bibliografía

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Otazu, A. de, «José María de Zuaznávar y Francia», Boletín de Estudios Históricos de San Sebastián (1971), pp. 263-283.

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Soraluce Zubizarreta, N., Más biografías y catálogo de obras vasco-navarras, Vitoria, 1871.

Vallejo, J., «Notas sobre don José María de Zuaznávar y Francia», Homenaje a Don Julio de Urquijo, San Sebastián, 1949, vol. I, pp. 277-285.

Proyecto financiado por los fondos Next Generation EU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España


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