Cargos y oficios
Diputado de Bizkaia en Corte.
Trayectoria
No hemos podido recabar noticias de su vida, pero lo encontramos como diputado o comisionado del Señorío en Corte hasta 1745 para la cuestión de la «transmigración del comercio», a raíz del deseo de Bizkaia de remediar la decadencia de su comercio con el establecimiento en Bilbao de una Compañía de comercio y navegación para traficar con el puerto de la Santísima Trinidad de Buenos Aires.
El 3 de septiembre de 1743 se dio cuenta al Señorío de la difusión en él de un impreso titulado Manifiesto, que al M. N. y M. L. Señorío de Vizcaya, en su Junta General de Guernica, presenta su Diputado en la Corte de Madrid don José de Zabala y Miranda, con puntual relación del principio, progreso y estado de la pretensión de su orden entablada sobre establecer en la villa de Bilbao comercio y navegación por reglas de Compañía para la carrera de Buenos Aires u otras de la América. Aunque anónimo, lo atribuyó a Zabala, al no haber aceptado el Señorío su proposición de formar una Compañía, «apartándose de las órdenes de la Junta general y guiado por su capricho», para el comercio con Honduras en Nueva España, destinando la villa de Castro Urdiales como puerto de carga y descarga, y entrada y salida de navíos.
En tanto se convocaba la Junta general, a petición de los diputados y padres de Provincia don Pedro de Fontecha Salazar escribió su refutación al impreso de Zabala titulada Verídica y puntual representación al Muy Noble y Muy Leal Señorío de Vizcaya contra el Manifiesto de don José de Zabala y Miranda, en que se hace ver la verdad más pura y sincera defendida, la acertada dirección de los diputados generales acreditada, el celo y amor de sus patricios acrisolado, los nobles infanzones en su Junta general ilustrados, sobre no poderse ni deberse admitir el establecimiento de comercio y navegación para la carrera de Honduras en la América, con carga y descarga en el puerto de Castro Urdiales, que por reglas de fantasía quiso establecer con detrimento del Fuero, negociación y tráfico de Vizcaya, a expensas de sus naturales.
No paró ahí el enfrentamiento e intervino el corregidor a petición del síndico procurador general del Señorío don Agustín de Vildósola. Zabala, no obstante, recurrió al Consejo Real y este ordenó, el 1 de noviembre de 1743, remitir a Madrid los autos originales realizados por aquel. Pero el Señorío, alegando que «era perturbativo de la paz y tranquilidad pública y un livelo infamatorio, así por la entidad del asunto que se tratava como por hauer caminado los antecedentes que devían instruirle por la vía reservada, versándose en él no solo el veneficio de Vizcaya si tamvién de todo el reyno», negó el pase o uso a la orden del Consejo. Y el 11 de enero de 1744 una nueva orden del Consejo, comunicada por el corregidor a la Diputación del Señorío, ordenó que, sin embargo de la respuesta dada por el síndico, se remitiesen a él todos los papeles originales «por tratarse de un punto perteneciente a gobierno, de pública utilidad, e incidente de la comisión en que entendió Zabala, cuya queja radica en el Consejo», y así se hizo.
El asunto se complicó al mandar el Consejo que se presentasen en la Corte los diputados don Nicolás Antonio de Gacitua y don Antonio Joaquín de La- rrínaga, y el síndico del Señorío don Agustín de Vildósola. Al complicarse el asunto, la tensión fue en aumento.
En este contexto, el 13 de marzo de 1745 se difundió por el Señorío un papel firmado por «un amante fiel hijo de Vizcaya» titulado Luz a los ciegos de ignorancia o de pasión, que para desengaño común sobre las quimeras excitadas contra don José de Zabala y Miranda por los diputados y síndico que fueron del muy noble y muy leal Señorío de Vizcaya ofrece un amante individuo de él. Se incluía en él una certificación del escribano de Cámara más antiguo y de Gobierno del Consejo en la que se hacía constar, entre otras cosas, que se había dado licencia a los diputados y síndico comparecientes en Madrid para volver a sus casas, bajo caución juratoria de presentarse en la Corte cuando el Consejo les ordenase, reintegrando los caudales malversados; que se archivase la causa seguida contra Zabala en lo criminal, quedando las partes libres para seguir su Derecho en lo civil, y que el rey desaprobó la actuación de los comparecientes. Aseguraba además, el firmante del papel, que Zabala había conseguido una completa victoria en el principal punto de honor controvertido, quedando indemnizado de los injustos agravios que le hicieron sus contrarios.
En este contexto, el 25 de abril de 1745 recurrieron al rey los nuevos diputados don Antonio Julián de Orueta y don Pedro Joseph de Muguertegui, mediante un amplio memorial por el que pretendían se dispensase a sus antecesores la reintegración al Señorío de los caudales malversados. El extenso memorial del Señorío terminaba con el argumento, ya plenamente asentado, de que eran dos los fines, inseparables entre sí, a los que Bizkaia dedicaba su
atención y desvelo: primero, el servicio al rey; y segundo, «la manutención de su propio honor». Y el 11 de julio de 1745 el Regimiento (con los padres de Provincia) acordaron revocar el poder dado a Zabala, dejándole en su buena fama y opinión, y apoderar al vizcaíno don Pedro José de Mendieta y Berganza, procurador de la Casa de Contratación de Bilbao que residía en Madrid, con las mismas facultades que tenía aquel, para que solicitase el permiso al rey a fin de establecer la Compañía para traficar con el río de La Plata.
Como culminación del proceso de elaboración de alegaciones, el 20 de enero de 1746 escribió don Joseph un extenso Memorial sobre Los perjuicios que sufrían los pueblos del Señorío de Bizkaia por el despótico manejo de los diputados del mismo Señorío, poniendo en conocimiento del rey con detalle las muchas y reiteradas irregularidades que realizaban los patricios bilbaínos sobre el gobierno general del Señorío y, en particular, sobre el gobierno de la villa de Bilbao. Quería con ello ampliar el «apunte de dolencias» referido anteriormente (el 30 de abril de 1745) y manifestar los medios que consideraba precisos para su remedio, pensando ser ello un nuevo servicio debido al rey «conforme a las leyes de vasallo y patricio».
Dicho Memorial, entregado en el Consejo de Gobierno de Madrid, se centró en la denuncia de Zabala de la oligarquización del ejercicio del poder en Biz- kaia y, particularmente, en Bilbao, donde los próceres de la villa consiguieron «con diversos artificios» acaparar en sí y en sus confederados todos los empleos del Señorío y fijar la residencia de las Diputaciones y Regimientos en Bilbao.
Dentro de esa denuncia es destacable la parte que se refiere a la creación de una nueva categoría, la de «padres de la Provincia». Zabala se alarmó ante la novedad de que, finalizado el bienio de la Diputación, se había introducido el abuso de quedar los diputados con la consideración de «padres de la Probincia», contra toda disposición del fuero «y sin más origen que el de su antojo y particulares fines». A partir de ese momento, los padres de Provincia se integraban en las Diputaciones y Regimientos convocados por los diputados para, con su asistencia o sin ella, pero siempre conforme a su parecer, resolver los asuntos del Señorío, aunque fuesen privativos de las Juntas de Gernika. Consideraba Zabala que de la actuación de los padres resultaban importantes perjuicios al Señorío. Entre ellos, los que afectaban a uno de sus principales órganos de gobierno, el Regimiento, que era nombrado por la Junta.
Otro objeto de la crítica de Zabala fue el nombramiento bianual de los secretarios que hacía el Señorío, pues tal nombramiento, en general, se hacía en escribanos «faltos de intelligencia en la inspección de secretario» de forma que se renovaban cuando estaban «algo instruidos en el manejo [de los asuntos] y [de sus] antecedentes». Por otra parte, el aumento de oficios del Señorío, especialmente los de abogados y procuradores, «ha crecido en tanto grado que solo sirven de fomentar pleitos viciosos por alimentarse sus injustas defensas, fraudes e inteligencias».
Zabala se mostró también muy crítico con el funcionamiento de las mismas Juntas generales, pues los vocales que acudían a las Juntas de Guernica de fuera de Bilbao no venían debidamente instruidos, al no anticipárseles los asuntos que tratar en ellas en las convocatorias que remitía la Diputación. Es más, la
Diputación se excedía en su actuación en perjuicio de las Juntas, hasta el punto de que, para evitar la convocatoria de la concurrencia general del Señorío en sus Juntas generales, se excusaban los diputados en los gastos que estas ocasionaban, prefiriendo resolver los asuntos en Diputación. Incluso, «cuando les parece variar algún acuerdo de Juntas lo executan por el término de un mes o dos, que por este tiempo queda a su arbitrio la extensión de acuerdos, sin rúbrica de vocales, ni estos con copia fee haciente de ellos».
Para Zabala, los mayores culpables del estado generalizado de abusos y corruptelas eran los consultores del Señorío, los cuales, «por todos estos artificiosos medios y otros, consiguen se venere en Juntas qualquier dictamen suyo y que se acuerde por ley ynviolable quanto llevan meditado desde Bilbao». Para asegurar su objetivo, «llevan ganados a los abogados consultores, que concurren a estas actas con pretexto de [ser] intérpretes de el fuero». Se añadía a ello que, debido a la continua injerencia de los consultores, «se cerraban las puertas al recurso a la justicia e indemnidad de agravios que toda comunidad o individuo particular quisiera solicitar en Juntas a través de sus memoriales pues, sujetos estos a la censura de los consultores, no se anotaría ningún memorial de agravios que denunciase los causados por ellos mismos, los diputados o sus confederados».
Zabala no se limitó a la denuncia, sino que propuso la implantación de un nuevo reglamento de 28 puntos en que quiso introducir modificaciones en el funcionamiento de las instituciones vizcaínas, y una larga lista de los diez remedios que consideraba necesarios para enderezar la situación política y económica del Señorío.
La lectura del Memorial tuvo sus consecuencias. El 10 de marzo de 1746 lo remitió el rey desde El Pardo al Consejo, donde se acordó el día 14 remitir aquel al fiscal. La respuesta de este, de 26 de abril de 1746, fue claramente favorable a Zabala al juzgar que había usado de «la ley de buen vasallo y patricio». El Consejo asumió el dictamen del fiscal y propuso al rey, el 3 de junio de 1746, que nombrase visitador que fuese de los tribunales de la Corte «por lo comveniente que será se alle autorizado para la importancia de el asunto», y «para asegurar el acierto en un negocio tan grabe y conducente a las regalías y beneficio de la causa pública de todo el Señorío y lo particular de la villa de Vilbao».
El rey nombró el 27 de noviembre de 1746 por tal visitador y ministro a don Pedro de Samaniego Montemayor y Córdoba. Este llegó a Bizkaia el 7 de enero de 1747 (casi un año después del memorial extenso de Zabala) y se reunió en Regimiento con los dos diputados, 12 regidores y dos síndicos del Señorío, ante el escribano Basabilbaso, sustituto del secretario Uribarri. Mostró en el Regimiento su comisión, así como la instrucción recibida para el gobierno de la visita.
El Señorío acudió al rey, en representación firmada por los diputados generales de 11 de enero de 1747, para responder de los cargos que sobre las acusaciones vertidas pudiesen resultar, y pudiese Bizkaia acrisolar su constante lealtad y obediencia a la Corona. Y el 29 de mayo se convocó Junta del Regimiento con las merindades y villas y ciudad a fin de trasladar al rey la aceptación de un nuevo donativo de 30.000 pesos que había solicitado al Señorío. En ella dio por
terminada Samaniego su comisión y absolvió al Señorío de los graves cargos de abuso en su contra presentados por Zabala.
Al decir de Fidel de Sagarmínaga, los abusos denunciados por Zabala se ocultaron a los ojos del visitador, pero salieron a la luz otros abusos cometidos a la sombra de grandes valedores en las Encartaciones, y los diputados del Señorío levantaron su voz muy alto para hacer patente que no eran los supuestos excesos en que incurrieron los cuerpos forales de Bizkaia las causas del malestar del Señorío, sino los excesos, mucho más graves y verdaderos, las novedades, violencias y opresiones que estaba padeciendo el Señorío desde 1733.
Todo este enfrentamiento y la necesidad de acrisolar la fidelidad del Señorío a la Corona (a la que tenía que solicitar la confirmación de sus fueros) hizo que entre 1748-1749 se ordenase la impresión de la obra del consultor del Señorío, don Pedro de Fontecha Salazar Escudo de la más constante fe y lealtad, de gran similitud Verídica y puntual representación… escrita por Fontecha en 1743.
Obras
Manifiesto, que al M. N. y M. L. Señorío de Vizcaya, en su Junta General de Guerni- ca, presenta su Diputado en la Corte de Madrid don José de Zabala y Miranda, con puntual relación del principio, progreso y estado de la pretensión de su orden entablada sobre establecer en la villa de Bilbao comercio y navegación por reglas de Compañía para la carrera de Buenos Aires u otras de la América. Impreso difundido en el Señorío.
Luz a los ciegos de ignorancia o de pasión, que para desengaño común sobre las quimeras excitadas contra don José de Zabala y Miranda por los diputados y síndico que fueron del muy noble y muy leal Señorío de Vizcaya ofrece un amante individuo de él. Papel impreso (panfleto) difundido por Bizkaia.
Memorial de don Joseph de Zabala y Miranda sobre «Los perjuicios que sufrían los pueblos del Señorío de Vizcaya por el despótico manejo de los Diputados del mismo Señorío», AHN, Estado, leg, 201 (1). Ayerbe Iribar, M.a R. (ed.), «Defensa de las regalías y beneficio de la causa pública» de Don Joseph de Zabala y Miranda, Vizcaya, 1746. La Diadema del Rey. Vizcaya, Navarra, Aragón y Cerdeña en la Monarquía de España (siglos xvi– xviii), J. Arrieta, X. Gil y J. Morales (coords.), Bilbao: UPV/EHU, 2017, pp. 278-304.
Bibliografía
Arrieta Alberdi, J., «Estudio introductorio», Pedro de Fontecha y Salazar, Escudo de la más constante fe y lealtad [del Muy Noble y Muy Leal Señorío de Vizcaya], Bilbao: Servicio Editorial de la UPV/EHU, 2015, pp. 189-225.
Ayerbe Iribar, M.a R. (ed.), «“Defensa de las regalías y beneficio de la causa pública” de Don Joseph de Zabala y Miranda, Vizcaya, 1746», La Diadema del Rey. Vizcaya, Navarra, Aragón y Cerdeña en la Monarquía de España (siglos xvi-xviii) , J. Arrieta, X. Gil y J. Morales (coords.), Bilbao: UPV/EHU, 2017, pp. 278-304.
Cita bibliográfica
Ayerbe Iribar, R. Mª., “Zabala y Miranda, José de», Jimeno Aranguren, R., (dir), Notitia Vasconiae. Diccionario de historiadores, juristas y pensadores políticos de vasconia, T. I, Marcial Pons, Madrid, 2019, pp. 399-403.





