Cargos y oficios
Catedrático de Historia del Derecho (1964), magistrado (1980-1986) y presidente del Tribunal Constitucional (1986-1992), miembro de la Real Academia de la Historia (1991), Consejero de Estado (1994).
Trayectoria
Nacido en el seno de una modesta familia republicana, la infancia de Francisco Tomás y Valiente estuvo muy marcada por el trauma de la Guerra Civil. Así lo subraya en la breve «autobiografía intelectual y política» que firmó en Benicasim el 2 de enero de 1990 y fue publicada póstumamente. Más evocadora y reflexiva que descriptiva, rememora allí los años de la posguerra, «tristes y fríos»; sus tempranos inicios como lector, voraz pero sin orden; los estudios que siguió, primero en una escuela nacional y todo el bachillerato en la Academia Martí, donde ejercían como docentes «varios licenciados universitarios depurados de sus carreras de origen», que le ayudaron a pautar sus lecturas; el ambiente familiar, «de un sobrio puritanismo laico»; sus tribulaciones adolescentes con las creencias religiosas, que desembocaron en el «sereno agnosticismo» de su edad adulta. El tono cambia cuando evoca sus estudios de Derecho en la Universidad de Valencia, que comenzó en 1950, compatibilizándolos durante el primer curso con un empleo interino en el Banco donde trabajaba su padre, para dedicarse en exclusiva a la licenciatura los cuatro cursos restantes: los recordaba en su madurez «como una explosión de felicidad», tanto por la relación con sus compañeros («jóvenes con inquietudes, como se decía entonces»), como por las enseñanzas recibidas de algunos «buenos profesores» que despertaron su interés por el «Derecho positivo pasado o presente».
Licenciado en 1955, se incorporó al claustro valenciano como profesor ayudante el curso siguiente, doctorándose a finales de 1957 con una tesis de historia del derecho procesal, dirigida por el profesor de este Derecho don Víctor Fairén Guillén. En 1958 obtuvo por oposición la plaza de profesor adjunto de la Cátedra de Historia del Derecho, que desempeñó hasta mediados de 1962, cuando accedió, también por oposición, a una plaza análoga en la Facultad de Derecho de la Universidad de Madrid. A comienzos de 1964, tras superar una nueva oposición, fue nombrado catedrático de Historia del Derecho de la Universidad de La Laguna y apenas unos meses después, en octubre, accedió mediante concurso de traslado a la Cátedra correspondiente de la Universidad de Salamanca. Tenía por entonces treinta y dos años y, además de varios artículos extensos funcionales a la obtención de la Cátedra, había publicado ya su innovador libro sobre los validos en la España del siglo XVII y estaba trabajando en el que dedicaría al derecho penal de la Monarquía absoluta.
En la «Salamanca de hermosas piedras y fríos vientos» que Tomás y Valiente evocaba en el prólogo a esta última obra (1969), permanecería hasta diciembre de 1980, sumando dieciséis años plenos y extraordinariamente fructíferos, de los que siempre dijo que guardaba «el mejor de los recuerdos»: «Comencé la etapa salmantina con toda mi ilusión universitaria y la terminé sin haber sufrido ninguna decepción importante y habiendo realizado casi todos mis proyectos» (1990). Mientras tanto, participó muy activamente «en lo que podríamos denominar resistencia cívica activa contra un franquismo cada año más decadente» —lo que le valdría más de un disgusto con las autoridades de turno—.
Muy comprometido con el tiempo que le tocó vivir, vinculó siempre conocimiento del pasado y comprensión del presente: «La conexión entre la historia que vive el historiador y la Historia que escribe siempre me ha parecido obligada, aunque sé que es metodológicamente peligrosa» (1990). Tres fueron los sectores a los que principalmente dedicó sus investigaciones, y hacia los que orientó también las de sus discípulos: «Las instituciones político-administrativas de la Monarquía absoluta, el Derecho penal y procesal-penal, y la legislación básica del Estado liberal». A cada uno de ellos hizo en estos intensos años aportaciones muy relevantes, que destacan primero que nada por su carácter innovador en el contexto aquí todavía medievalizante de la disciplina. La mejor historia del derecho se medía entonces a escala europea con la historia social y cultivaba una suerte de historia social del derecho, basada en una concepción vicaria de su objeto: «El Derecho no se explica a sí mismo —sostenía Tomás y Valiente—, no da de sí razón suficiente». Seguramente la obra de aquellos años que mejor refleja sus concepciones históricas y jurídico-políticas es el Manual de Historia del Derecho español, que escribió en los «febriles años» de la Transición (entre 1974 y 1978), con la vista puesta en la España democrática y pluralista que de ella emergía. Era un Manual insólito en el contexto de la historiografía autorreferencial e idiosincrática al uso en la España franquista: sin ir más lejos, más de un tercio está dedicado al «sistema normativo del Estado liberal de Derecho», alcanzando hasta la Constitución de 1978.
Fueron años en los que ejercitó muy activamente además su compromiso político, interviniendo en actos y foros públicos a favor de la causa constitucional, sin militar en partido alguno, pero en abierta sintonía con las posiciones del PSOE; escribiendo artículos en la prensa local (El Adelanto) y luego, más asiduamente, como «miembro de un grupo de editorialistas de Diario 16»; asumiendo, en suma, el papel de intelectual comprometido que participa en el debate político con la intención de influir en la opinión pública. Lector apasionado de Marx, cuya escritura admiraba, aborrecía sin embargo los sistemas cerrados y totales de pensamiento, y se declaraba abiertamente socialdemócrata: partidario de «la reforma en libertad hacia una sociedad donde cada hombre sea más libre, donde haya más igualdad: igual libertad» (1990).
Uno de sus temas constantes de reflexión y estudio por aquellos años —e hilo conductor del Manual— fue la conflictiva dinámica entre unidad y diversidad en la historia de España, que al tiempo estaba siendo constitucionalmente encauzada mediante la construcción del Estado autonómico. España, «nación de naciones» quizá sea la fórmula, por él mismo acuñada, que mejor sintetiza su pensamiento a este respecto. Sobre esta base, la cuestión o el «problema foral», esto es, el encaje constitucional del País Vasco, ocupó un lugar destacado en sus reflexiones, que hizo públicas en artículos de prensa y textos académicos (1978-1979). Vistos en conjunto, se aprecia una clara evolución de su pensamiento en este punto (Portillo). En un primer momento, previo a la Constitución, analizando la política constituyente del Partido Nacionalista Vasco, subrayaba la ambigüedad de la expresión «Fueros vascos», que aquel adoptaba como bandera, y se declaraba abiertamente contrario a la «lógica foralista», que consideraba inescindible de la «lógica absolutista» y de la «lógica estamentalista», o sea, propia del «antiguo régimen» y por ende incompatible con el sistema constitucional. Tomás y Valiente mostraba su perplejidad ante la reivindicación nacionalista de reintegración o restablecimiento foral, subrayando el equívoco de «confundir —escribía el 22 de septiembre de 1978— el respeto a la personalidad colectiva de un pueblo […] con la restauración de su régimen jurídico político en un momento dado de la historia pasada». Sin embargo, tras la aprobación de la Constitución, y sin abdicar para nada de este último criterio, Tomás y Valiente aceptó el reto que planteaba, entrando a comentar con la profundidad histórica que su texto reclamaba la disposición adicional primera y la disposición derogatoria, en su párrafo segundo. Primero en «Los derechos históricos de Euskadi» (julio de 1979), redactado como capítulo de su Manual (donde figura con el título «La unificación del Derecho como tendencia y como problema»), y casi al punto en su extenso texto «Los derechos históricos de los territorios forales a la luz de la Historia del Derecho», redactado para un frustrado volumen de comentarios socialistas a la Constitución. Su detallada reconstrucción histórica de la «cuestión foral» le llevaba a concluir que la expresión «derechos históricos» no tiene el sentido subjetivo que le atribuía, entre otros, el PNV, sino que «la Constitución ha querido referirse a los Derechos objetivos, al Régimen foral, esto es, a las peculiaridades jurídicas que tengan en vigor o que puedan reconstruir determinados territorios sobre el fundamento inicial de su historia jurídica», actualizables en el marco de la Constitución y por los Estatutos de Autonomía (1979). Su inmediato nombramiento como juez constitucional le aconsejó mantener inédito este texto, publicado solo en 1997, pero indudablemente contribuyó a fundamentar su más aquilatada visión del Estado autonómico como «momento de la pluralidad en la integración», que haría valer en el Tribunal.
El año 1980 trajo cambios cruciales en la vida de Tomás y Valiente: a comienzos fue nombrado magistrado del Tribunal Constitucional (Real Decreto de 14 de febrero de 1980), que por entonces iniciaba su andadura, y poco antes de que el año terminara obtuvo la Cátedra de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid. Trasladado con su familia a esta ciudad, Tomás y Valiente se entregó a la tarea colectiva de poner en marcha el Tribunal, sin por ello abandonar —ni mucho menos— el ámbito disciplinar de la Historia del Derecho, ni siquiera en su faceta investigadora, que no obstante fue, como no podía ser de otro modo, la que con el paso del tiempo y la asunción de más altas y exigentes responsabilidades más se resintió en publicaciones, que no en proyectos y planificaciones. Como magistrado «fundacional» su labor tanto organizativa como jurisprudencial fue decisiva, aún más desde que en 1986 sucediera a don Manuel García Pelayo como presidente del Tribunal, cargo en el que fue reelegido en 1989 para los tres años siguientes. Se ha subrayado, en este sentido, el papel de Tomás y Valiente como «constructor jurisdiccional del Estado constitucional» (Clavero), principalmente, claro está, por su labor institucional como magistrado y presidente (actuando de ponente en 162 sentencias y presentando 18 votos particulares, a menudo sobre cuestiones de política territorial), pero también por sus intervenciones públicas, y luego publicadas, ya fuera sobre la posición constitucional del propio Tribunal y su papel en la garantía de derechos, ya ocupándose del reparto competencial en la jurisprudencia que fue generando... En este marco, volvió recurrentemente sobre la dimensión constitucional de la España «nación de naciones», procurando siempre el necesario equilibrio entre «el todo y las partes», que en su concepto pasaba por rechazar cualquier «nacionalismo esencialista» y enfatizar la importancia de la «legitimidad democrática», para circunscribir la virtualidad de los «derechos históricos» al marco constitucional.
En plena madurez intelectual y profesional, su trayectoria fue por estos años públicamente reconocida, tanto en el plano historiográfico, con su ingreso como miembro de número de la Real Academia de la Historia (1991), como por su compromiso constitucional, al recibir entre otras distinciones la Gran Cruz de la Real y Muy Distinguida Orden Española de Carlos III y la Orden al Mérito Constitucional (1992), cuando finalizaba su presidencia.
Si su condición de historiador del derecho marcó su desempeño como juez constitucional, no cabe duda de que este determinó grandemente también su orientación postrera hacia la historia constitucional. Una breve nota autógrafa hallada entre los papeles de Tomás y Valiente sintetizaba su trayectoria en la fórmula: «De la HD al TC y de este a la HCE» (Clavero). Durante sus años en el Tribunal, en efecto, había ido fraguando un proyecto investigador centrado en la Historia Constitucional de España, que pondría en marcha con el mayor entusiasmo al reincorporarse a su Cátedra en la Universidad Autónoma de Madrid en 1992 y como director del Anuario de Historia del Derecho Español, desde 1993. Todo su quehacer académico, docente e investigador, se concentró ahora en este campo, el campo de los derechos y sus garantías, con perspectivas renovadoras que se beneficiaban de su experiencia constitucional; y lo hizo comenzando por sus orígenes, la Constitución de 1812 y su manera de afrontar la composición histórica plural de España.
La misma clave constitucional alienta en su compromiso cívico, con intervenciones ocasionales, pero sostenidas desde marzo de 1993, en los periódicos El País y La Vanguardia principalmente, por él mismo reunidas a finales de 1995 en su libro A orillas del Estado, que solo vería la luz póstumamente. Son artículos escritos casi siempre al hilo de la actualidad, todavía entonces muy marcada por la violencia terrorista, que se hace irremediablemente presente en ellos desde distintas perspectivas, pero sobre todo para urgir a la unidad sin fisuras de los demócratas, precaviendo frente a cualquier tentación de rentabilizarla políticamente: «O ETA o nosotros, espectadores atónitos de sus crímenes, parientes o amigos de alguno de sus cadáveres y —escribía el 19 de diciembre de 1995— posibles víctimas futuras de la muerte que ellos administran». Su último artículo publicado, «Razones y tentaciones del Estado», que no llegó a ver impreso, abundaba precisamente en esta idea, interpelando a los «nacionalistas [vascos] no violentos»: hay que evitar la tentación de «la fragmentación interna de las fuerzas políticas demócratas en su necesario frente común, desde el Estado, contra los criminales del terror»; hay que evitar «el triunfo del terror en las calles de las ciudades de Euskadi»... En ello, concluía, «nos va la vida, la del Estado que necesitamos y la nuestra individual, porque cada vez que matan a un hombre en la calle […] nos matan un poco a cada uno de nosotros».
Tomás y Valiente era a esas alturas un referente público inequívoco de los valores constitucionales, conocido y reconocido por su ejercicio sereno y equilibrado e independiente de aquella «razón crítica» que tan a menudo invocaba: una voz respetada y siempre autorizada, al margen del mayor o menor acuerdo que suscitaran sus posiciones. A finales de 1994 fue nombrado consejero electivo del Consejo de Estado y en diciembre de 1995 consejero permanente, lo que le abocaba a interrumpir nuevamente su plena dedicación a la universidad, mas no a abandonar sus proyectos.
Todo quedó atrozmente truncado cuando la banda terrorista ETA le arrebató su vida. La mañana del 14 de febrero de 1996, Francisco Tomás y Valiente fue asesinado en su despacho de la Universidad Autónoma de Madrid por el etarra Jon Bienzobas Arretxe. La conmoción que causó tan devastadora noticia fue inmediata, general y muy profunda, a la altura de la auctoritas que toda su trayectoria le deparaba. En el campus de Cantoblanco se alzaron por miles las «manos blancas», al punto masivamente generalizadas por todo el país. En los días, las semanas, los meses y aun los años siguientes se sucedieron infinidad de homenajes y actos en su memoria, tanto universitarios como genéricamente ciudadanos, organizados por instituciones de muy distintos ámbitos, a menudo para dar su nombre a espacios públicos o recogiendo en letra impresa las palabras dedicadas a su memoria. En la lápida que cubre su tumba en el cementerio de El Pardo figuran grabadas las tres que bajo su presidencia adoptó como lema el Tribunal Constitucional: Libertas, Iustitia, Concordia.
Obras
(Se incluyen solo sus libros, además de las publicaciones mencionadas en el texto)
Los validos de la Monarquía española del siglo XVII (Estudio institucional), Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1963; 2.ª ed., Madrid: Siglo XXI, 1982; 3.ª ed., 1990, con reimpresiones posteriores (OC, I, pp. 17-184).
El Derecho Penal de la Monarquía absoluta (siglos XVI-XVII-XVIII), Madrid: Tecnos, 1969; 2.ª ed., 1992 (OC, I, pp. 185-545).
El marco político de la desamortización en España, Barcelona: Ariel, 1971; 2.ª ed., 1972; 3.ª ed., 1977; 4.ª ed. 1983; 5.ª ed., 1989 (OC, I, pp. 547-634).
La venta de oficios en Indias (1492-1606), Madrid: Instituto de Estudios Administrativos, 1972; 2.ª ed., Madrid: Instituto Nacional de Administración Pública, 1982; reimpr., 2012 (OC, I, pp. 635-755).
La tortura en España. Estudios históricos, Barcelona: Ariel, 1973; 2.ª ed. aum., 1994 (OC, I, pp. 757-912). Con el título La tortura judicial en España, Barcelona: Crítica, 2000.
«El PNV y los Fueros» (1) (y 2), Diario 16, 17-18 de julio de 1978; «El problema foral» (1) (2) (y 3), Diario 16, 21-22-23 de septiembre de 1978 (OC, VI, pp. 5275-5284).
«Conciertos económicos», Diario 16, 14 de diciembre de 1978 (OC, VI, pp. 5298-5299).
«Sobre el Estatuto Vasco» (1) (y 2), Diario 16, 3-4 de mayo de 1979 (OC, VI, pp. 5303-5306).
«Los derechos históricos de Euskadi», Sistema, 31 (julio de 1979), pp. 3-28.
«A favor del Estatuto de Guernica» (1) (y 2), Diario 16, 23-24 de octubre de 1979 (OC, VI, pp. 5307-5311).
Manual de Historia del Derecho Español, Madrid: Tecnos, 1979; 2.ª ed., 1980; 3.ª ed., revisada, 1981; 4.ª ed., 1983; con sucesivas reimpresiones (OC, II, pp. 913-1577). Traducción al euskera de Aitziber Irigoras: Espainiako zuzenbide-historiaren eskuliburua, 4. argitaraldia, Bilbo: Deustuko Unibertsitatea, 2003.
«Los derechos históricos de los territorios forales a la luz de la Historia del Derecho» (1979, inédito) (OC, IV, pp. 3455-3520).
Gobierno e instituciones en la España del Antiguo Régimen, Madrid: Alianza Universidad, 1982; 2.ª ed., 1999 (OC, II, 1579-1823).
El reparto competencial en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, Madrid: Tecnos, 1988 (OC, III, pp. 1825-1902).
Códigos y Constituciones (1808-1978), Madrid: Alianza, 1989 (OC, III, pp. 1903-2054).
«Autobiografía intelectual y política» (Benicasim, 2 de enero de 1990), en CLAVERO, B., Tomás y Valiente. Una biografía intelectual, Milano: Giuffrè, 1996, pp. 345-357 (OC, I, pp. 1-14).
Martínez Marina, historiador del Derecho: Discurso leído el día 28 de abril de 1991 en el acto de su recepción pública por el Excmo. Sr. D. Francisco Tomás y Valiente y contestación por el Excmo. Sr. D. Miguel Artola Gallego, Madrid: Real Academia de la Historia, 1991 (OC, III, pp. 2055-2122).
Escritos sobre y desde el Tribunal Constitucional, Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1993 (OC, III, pp. 2123-2329).
A orillas del Estado, Madrid: Taurus, 1996 (OC, III, pp. 2331-2483).
«Razones y tentaciones del Estado», El País, 15 de febrero de 1996 (OC, VI, pp. 5356-5358).
Constitución: Escritos de introducción histórica. Prólogo de Bartolomé Clavero, Madrid: Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales, 1996 (OC, III, pp. 2485-2646).
Obras completas, Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1997, 6 vols. (= OC).
Genesi di un costituzionalismo euro-americano. Cadice 1812. Con un’autobiografia dell’autore. Prefazione di Andrea Romano, Milano: Giuffrè, 2003.
Génesis de la Constitución de 1812, I. De muchas leyes fundamentales a una sola constitución. Prólogo de Marta Lorente Sariñena, Pamplona: Urgoiti, 2011.
Bibliografía
ALONSO ROMERO, M. P. (ed.), Francisco Tomás y Valiente. Memoria y legado de un maestro, Salamanca: Universidad de Salamanca, 2016.
— «Francisco Tomás y Valiente (1932-1996)», en PENDÁS, B. (dir.), España constitucional (1978-2018). Trayectorias y perspectivas, t. I, Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2018, pp. 807-820.
CLAVERO, B., Tomás y Valiente. Una biografía intelectual. Pagina introduttiva de Paolo Grossi, Milano: Giuffrè, 1996.
GÓMEZ BRAVO, J. M. (dir.), Una mirada valiente. Homenaje a Francisco Tomás y Valiente, Madrid: Polifemo, etc., 2016.
Homenaje al profesor D. Francisco Tomás y Valiente. Marzo 1996 = Francisco Tomás y Valiente irakasleari omenaldia. 1996 martxoa, Leioa: Universidad del País Vasco = Euskal Herriko Unibertsitatea, 1996.
LORENTE, M., «Anotaciones a una autobiografía», en TOMÁS Y VALIENTE, F., Génesis de la Constitución de 1812, I. De muchas leyes fundamentales a una sola constitución, Pamplona: Urgoiti, 2011, pp. V-CXXX.
«Per Francisco Tomás y Valiente (1932-1996)» (con textos de B. GONZÁLEZ ALONSO, M. SBRICCOLI y P. CRUZ VILLALÓN), Quaderni fiorentini per la storia del pensiero giuridico moderno, 26 (1997), pp. 663-737.
PORTILLO VALDÉS, J. M., «Los derechos históricos entre autonomía e independencia. La lectura de Tomás y Valiente de la disposición adicional primera de la Constitución de 1978», en ALONSO ROMERO, M. P. (ed.), Francisco Tomás y Valiente. Memoria y legado de un maestro, Salamanca: Universidad de Salamanca, 2016, pp. 337-353.
Fuentes: Fondo documental Francisco Tomás y Valiente (Tribunal Constitucional): https://www.tribunalconstitucional.es/es/archivo/fondo-documental-francisco-tomas-y-valiente/Paginas/default.aspx (consultado el 7 de febrero de 2023).





