Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

← Volver a las voces

NOTITIA VASCONIAE Obras y autores guipuzcoanos

LÓPEZ DE ZANDATEGUI, Cristóbal (Gabiria, Gipuzkoa comienzos del siglo XVI – San Sebastián, antes de noviembre de 1583).

Cargos y oficios

Licenciado en Derecho.

Trayectoria

Natural de Gabiria, casó con María de Lasarte, señora de Lasarte y vecina de San Sebastián. Fue padre de una única hija, María de Zandategui y Lasarte (casó en 1562 con Miguel de Oquendo y Segura, hijo del General Antonio de Oquendo).

«Jurisconsulto guipuzcoano de grandes saberes», fue alcalde de San Sebas­tián en varias ocasiones, aunque hubo de acudir a Calahorra llamado por la Inquisición, sin que se sepa la causa «aunque cree procedió de alguna calunia de algún émulo suyo que entonces los tenía y estaba encontrado así con Juan López de Aguirre y su parentela, como con el licenciado Ercilla y la suya», pero «dende á pocos días volvió á su casa libre y sin mácula ni mancha alguna y dado por libre».

Como tal jurisconsulto lo encontramos en 1562 al servicio de la Provincia, elaborando el dictamen, por encargo de las Juntas, de la recopilación realizada por el bachiller Juan Martínez de Zaldivia bajo el título de El Libro Viejo.

Participó en 1581 en la ordenación del archivo de San Sebastián con Luis Cruzat. Y ese mismo año de 1581 la Junta General de Bergara le encargó, jun­to al mismo Luis Cruzat «que señalen e junten las [ordenanzas] que conbiene y las pongan por horden y abecedario», llevándolas a la Junta de Azpeitia para tratar de su impresión. El 7 de mayo asumió la comisión con el compromiso de realizar la recopilación con la brevedad posible en Tolosa, donde estaba el archivo. Ellos realizarían la tarea principal y otros —Josepho de Estenso- ro (Segura), Bernardino Pérez de Zabala (Bergara) y Martín de Elcano (Za- rautz)— revisarían su trabajo. No obstante, el 9 de mayo Zandategui remitió un parecer a la Junta en que se mostraba contrario a la tarea recopiladora. Decía en él que ya hacía veinticinco años se le había encomendado la misma y que no convenía hacerla para imprimir pues ni había «quinze ordenanzas que sean guardadas y están mejor en el archibo y con la horden antigua que no en molde».

No obstante, iniciaron su tarea Zandategui y Cruzat y el 20 de agosto envia­ron sendos memoriales en que señalaban las escrituras (privilegios, provisiones y ordenanzas de Gipuzkoa) que no se hallaban recogidas en la recopilación de Zaldivia. Y, a pesar de todas las dificultades que tuvieron que vencer, se ultimó la recopilación y fue presentada en la Junta de Zarauz el 18 de noviembre de 1582. Para ver la misma se llamó a la Junta a los licenciados Armendia y Elei- zalde y, habiendo excusado su asistencia Zandategui, fue Cruzat quien «traxo y presentó en la dicha Junta la recopilación y libro que ha fecho juntamente con el licenciado Qandategui, de los previlegios, hordenancas y probisiones de la dicha Provincia, e dió su descargo berbalmente, y en la dicha Junta se leyó gran parte del dicho libro». Visto lo cual la Junta mandó que se examinara todo aquel, con el corregidor, por los procuradores de San Sebastián, Tolosa, Segura, Azpeitia, Azkoitia, Villafranca de Ordizia y Zestoa, «con todos los demás que quisieren ber y allarse presentes».

Aprobada la recopilación el 11 de mayo de 1583, se acordó su remisión a la Corte para su confirmación. Pero ante el examen y dura la crítica de Esteban de Garibay, que dijo haberse sistematizado bien, pero que su prólogo «era poco elogioso en glorias, y ante el miedo a tener que llevar al Consejo los documen­tos originales, con el consiguiente riesgo de su pérdida, frenaron las diligencias que se hacían en Corte para su confirmación e impresión. Y el hecho de no conocer en Guipúzcoa a ninguno de suficiente diligencia e inteligencia para, siguiendo su parecer, sallir con esta empresa en la forma devida y poner a la devida execución» la obra, hizo que se recogiese la recopilación para su de­volución a la Provincia (aunque el ejemplar remitido se halla en la Biblioteca Nacional de España).

La Recopilación de Leyes y Ordenanzas de la M. N. y M. L. Provincia de Gui­púzcoa de 1583 es la primera recopilación foral sistemática, y será la base de la definitiva recopilación foral hecha por Miguel de Aramburu en 1691 e impresa en 1696.

Comienza con una descripción de Gipuzkoa, de su antigüedad y nobleza, de su fidelidad al rey y de la alta estima en que la tenía este, de su preeminencia, privilegios y escudo; aborda luego el tema de sus instituciones (corregidor, me­rino y alcaldes), la organización política de la Provincia y su gobierno a través de las Juntas y alcaldes de Hermandad, sus escribanos, cárceles y alcaides; regula la actividad comercial a través de su alcaldía de sacas, exención y liber­tad de comercio y navegación, el uso de pesos y medidas, el proteccionismo con respecto a la sidra y el reparo de caminos y calzadas; recoge la regulación de la defensa militar del territorio y la vida religiosa; y plasma con extensión el problema de la paz social a través de la ya extinta lucha de bandos impul­sada por los parientes mayores, con fuertes medidas penales (fuerzas, robos, acotados, falsos testigos, uso de armas, acechanzas y desafíos); y termina con temas varios como el del aprovechamiento del monte y la industria del hierro, la regulación del pasto de ganado y el avecindamiento.

Al decir de Tellechea Idígoras, «en cantidad de normas, en amplitud de ám­bitos regulados y, sobre todo, en ordenación y sistematización de preceptos, la recopilación de Zandategui y Cruzat supera largamente a todas las anteriores y, sobre todo, establece definitivamente el marco al que se ajustará, añadiendo o suprimiendo leyes, la recopilación de Aramburu (1696) y el Suplemento im­preso de los Fueros (1758)».

A pesar del parecer emitido por Garibay, la Recopilación de 1583 fue una buena Recopilación. «Sus autores no se limitaron a realizar una mera tarea acumulativa de preceptos, cuyo número fue creciendo desde las primitivas Or­denanzas de Hermandad de Guipúzcoa a lo largo de las sucesivas compilacio­nes, sino que abordaron, con mayor o menor acierto, a codificar con orden y sistema y a anticiparse a los modernos códigos en la reducción a preceptos breves y sustanciales de la prosa abundante, enfática y reiterativa de los do­cumentos originarios y originales. El sistema introducido por ellos pasará a la Nueva Recopilación de 1696, como queda dicho, y prestará el molde orgánico definitivo al Fuero guipuzcoano para siempre. Es, por tanto, importantísimo en nuestra tradición recopilatoria foral».

Al decir de Sebastián de Insausti, «Zandategui debía ser para entonces bas­tante anciano o, al menos, lleno de achaques, pues no podía salir de casa […] y consta que había fallecido antes de noviembre de 1583». Era, además, «más ducho y experimentado [que Cruzat] en la aplicación práctica de las leyes pro­vinciales».

Obras

Recopilación de Leyes y Ordenanzas de la Muy Noble y Muy Leal Provincia de Gui­púzcoa, Insausti, S. de (ed.), Tellechea Idígoras, J. I. (prólog.), San Sebastián: Dipu­tación Foral de Guipúzcoa, 1983.


Bibliografía

Ayerbe Iribar, M.a R., «El proceso recopilador del Derecho guipuzcoano, y la Recopilación de 1696», Introducción a la edición de la Nueva Recopilación de los Fueros, Privilegios, Buenos Usos y Costumbres, Leyes y Ordenanzas de la Muy Noble y Muy Leal Provincia de Guipúzcoa (1696), San Sebastián: Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia, 2014, pp. 9-132 (castellano) y 133­260 (euskera).

Tellechea IdÍgoras, J. I., «Prólogo», Insausti, S. de (ed.), Recopilación de Leyes y Orde­nanzas de la Muy Noble y Muy Leal Provincia de Guipúzcoa, editada por Sebastián de Insausti, San Sebastián: Diputación Foral de Guipúzcoa, 1983, pp. V-XV.

Cita bibliográfica

Ayerbe Iribar, R. Mª., “López de Zandategui, Cristóbal», Jimeno Aranguren, R., (dir), Notitia Vasconiae. Diccionario de historiadores, juristas y pensadores políticos de vasconia, T. I, Marcial Pons, Madrid, 2019, pp. 433-436.

Proyecto financiado por los fondos Next Generation EU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España


Con el apoyo de:

Diputación Foral de Gipuzkoa
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades - Gobierno de España
IVAP