Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Autores y obras navarros

IRURZUN, Sebastián de (Mañeru, Navarra, siglo XVII -Navarra, siglo XVII).

Cargos y oficios

 Escribano real.

Trayectoria

Apenas constan referencias de Sebastián Irurzun. Oriundo de Mañeru y escribano real, su figura destaca por ser autor del Reportorio de todas las Leyes promulgadas en el Reyno de Navarra: en las Cortes que se han celebrado después que los Síndicos del hizieron la Recopilación, hasta las de el año 1662, obra que le fue encargada por las Cortes y autorizada por el Consejo Real, para ser final­mente publicada en 1666 por el impresor del reino, Gregorio Zabala. La obra, que pretende ser una suerte de continuación o suplemento de la Recopilación de los Síndicos, recoge las leyes emanadas de las Cortes del reino desde 1612 —año hasta el que se extiende la Recopilación de los Síndicos— hasta 1662. Du­rante este periodo de tiempo tuvieron lugar once reuniones generales del reino: 1617 —últimas Cortes convocadas por Felipe III—, y las de 1621, 1624, 1628, 1632, 1642, 1644, 1645, 1646, 1652 y 1662, convocadas estas por Felipe IV, y que dieron lugar a los cuadernos de leyes de las respectivas asambleas. Esas leyes fueron recogidas en la obra de Sebastián de Irurzun. En lo referido a su confección y estructura, siguió el mismo orden de libros y títulos utilizado por Sada y Murillo en su Recopilación, incluyendo un repertorio alfabético de las materias que figuran en la obra. Irurzun solo recogió la legislación promulgada por las Cortes. Antonio Chavier elogió la conexión, fidelidad, destreza y arte con la que Irurzun colocó cada ley en la recopilación que le corresponde. Por su parte Zuaznavar, según se desprende de las Actas de Diputación, se mostró irritado de que un escribano recopilara leyes y le achacó, además, que era un trabajo de estilo barroco y ampuloso, propio de un escribano metido a jurista.

Para su impresión, Sebastián de Irurzun pidió auxilio a la Diputación, li­brándose para tal fin 800 reales «en consideración del gran trabajo que ha te­nido en hacer del repertorio en forma de recopilación de las leyes de este reino desde la última recopilación». Además, la obra, que está dedicada a la Diputa­ción, contiene una loa a esta institución como garante de la foralidad. Como ocurrió con la precedente Recopilación de los Síndicos, la de Irurzun no contó con validez oficial, puesto que, aunque fue aprobada por el reino, careció de la sanción del monarca.

Obras

Reportorio de todas las Leyes promulgadas en el Reyno de Navarra: en las Cortes que se han celebrado después que los Síndicos del hizieron la Recopilación, hasta las de el año 1662. Compuesto por Sebastián de Yrurzun, Escrivano Real, vezino de la Uilla de Mañeru. Dedícale a la Ilustríssima Diputación del Invictíssimo Reyno de Navarra, Pamplona: Martín Gregorio de Zabala, 1666.

Bibliografía

Martínez Arce, M.a D., Recopiladores del Derecho Navarro. Trayectorias personales y profesionales de los recopiladores de fueros y leyes de Navarra, Pamplona: Gobierno de Navarra, 1998.

Monreal Zia, G., y Jimeno Aranguren, R., Textos histórico-jurídicos navarros. II. Histo­ria moderna, Pamplona: Gobierno de Navarra, 2011, pp. 338, 392, 418-423.

Pérez Goyena, A., Ensayo de Bibliografía Navarra desde la creación de la imprenta en Pamplona hasta el año 1910, Pamplona: Diputación Foral de Navarra-CSIC, 1949, vol. 2.

Cita bibliográfica

Lizarraga Rada, M., “Irurzun, Sebastián de», Jimeno Aranguren, R., (dir), Notitia Vasconiae. Diccionario de historiadores, juristas y pensadores políticos de vasconia, T. I, Marcial Pons, Madrid, 2019, pp. 553-554.

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