Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Obras y autores guipuzcoanos

GOROSÁBEL DOMÍNGUEZ, Pablo de (Tolosa, 16 de enero de 1803 – San Sebastián, 23 de enero de 1868).

Cargos y oficios

Jurista, abogado de los Reales Consejos, político
e historiador

Trayectoria

Hijo único de José Joaquín de Gorosábel, natural de Legazpi, y de María Isidra Domínguez, de Madrid, se casó en 1841 con Manuela de Irarreta. Su vida social, patrimonial y profesional vinieron marcadas por la pertenencia a una familia hidalga, dedicada a la enseñanza, al Derecho y al ejercicio de cargos públicos municipales, cuyo pleito de hidalguía se litigó en Legazpi en 1759 por su abuelo paterno. Fue su padre José Joaquín quien se instaló en Tolosa, donde ejerció la abogacía y la asesoría de las Juntas Generales, siguiendo Pablo la tradición familiar pero de manera más ambiciosa e intensa al desarrollar su capacidad creativa en torno al Derecho civil español, y su interés por la Historia.

De 1817 a 1825 cursó estudios de Derecho en la Universidad de Oñati, graduándose de Bachiller en 1824. Realizó en el despacho de su padre y en otro de Madrid los preceptivos cuatro años de prácticas jurídicas que le habilitaron para obtener, en 1828, el título profesional de abogado de los Reales Consejos, al que correspondía el tratamiento de licenciado en Leyes.

Desde el punto de vista profesional, toda su vida trabajó en su localidad natal de Tolosa como abogado y como asesor de ayuntamientos. Ejerció también la función de corregidor interino los años 1835, 1840 y 1841. Pero el establecimiento en 1841 de los Juzgados de Primera Instancia y sus infructuosas solicitudes, en 1848, 1851 y 1853, para obtener una plaza togada en alguna de las Audiencias del Reino, imposibilitaron que desarrollase una carrera judicial, muy deseada por Gorosábel.

Su actividad política se desenvolvió también en el ámbito guipuzcoano. Ocupó cargos municipales en Tolosa de manera regular durante la mayor parte de su vida activa, siendo alcalde (como tal estudió las posibilidades de canalizar el río Oria haciéndolo navegable, y proyectó la construcción de un ferrocarril que uniese Tolosa y San Sebastián), teniente de alcalde, regidor y fiel. Más interesantes, por cuanto clarificadoras de su actitud política, fueron su labor, en la Gipuzkoa foral, como diputado general adjunto segundo en ejercicio de 1834 a 1837, y su posterior aceptación, ya en plena crisis foral, del cargo de consejero provincial, que ejercería desde 1845 a 1848. Decisivo, por la influencia que tuvo sobre su obra, fue su nombramiento en 1858 como archivero de la Provincia, cargo que ejerció (elegido por unanimidad en las Juntas celebradas en Errenteria en julio de 1858) hasta su muerte en 1868. Fue también miembro de la Comisión Provincial de Monumentos Históricos y Artísticos de Gipuzkoa.

Desde el punto de vista económico, y siguiendo la costumbre familiar, Gorosábel se preocupó de administrar y ampliar un patrimonio heredado muy cuantioso y que él, a su vez, acrecentó, constituido por caserías, casas urbanas y una muy amplia gama de bienes muebles. Se apunta, además, la posibilidad de una colaboración secreta en la redacción de la memoria de Luzuriaga que tanto influyó, y positivamente, en la industria y comercio de la provincia.

Pero si es cierto que la trayectoria personal, económica y profesional de Pablo de Gorosábel siguió la orientación familiar, su orientación política y su labor histórica estuvo fuertemente marcada por el contexto de la época que le tocó vivir, especialmente el periodo álgido de la lucha por los Fueros, particularmente entre los años 1830 y 1850 (con la Primera Guerra Carlista y primera pérdida foral), intentando conciliar las ideas liberales de las Constituciones políticas y los regímenes forales de las Constituciones históricas. Gorosábel optó por la vía intermedia, defendiendo la idea de «Constitución sí, pero Fueros también».

Para él no tenía sentido modificar unas instituciones forales que habían venido garantizando durante siglos a los guipuzcoanos las libertades civiles y la igualdad ante la ley. La unidad constitucional de todos los territorios españoles no justificaba la uniformidad institucional, política, administrativa y judicial, salvo en aquellos en los que fuese necesaria, por no disponer de las instituciones adecuadas para salvaguardar los principios constitucionales. Pero no era ese el caso de Gipuzkoa, donde la implantación de la Constitución podía ser políticamente inconveniente.

Gorosábel estudió los Fueros desde su postura personal, defendiendo la idea de que las instituciones legislativas debían procurar el bienestar de los pueblos. Observó la aparente contradicción de los Fueros con la unidad constitucional (que daba lugar a variadas interpretaciones) e intentó conciliar ambos regímenes. Como otros autores de la época, defendió los Fueros, por su remota antigüedad, por estar fundados en un derecho adquirido, por querer seguir viviendo bajo su régimen la mayoría de la población, y por las ventajas que ofrecían en orden a la paz, prosperidad y felicidad del País. Y en un régimen liberal y popular los Fueros eran totalmente compatibles con la Constitución. No cabía contradicción entre unas ideas liberales cuya formulación era reciente, y un liberalismo tradicional y práctico como era el guipuzcoano.

Autor prolífico, sus primeros escritos —publicados todos en Tolosa— fueron jurídicos. Entre 1832 y 1846 escribió y publicó tres obras de Derecho civil. Con solo veintinueve años, escribió su Redacción del Código Civil de España, esparcido en los diferentes cuerpos del Derecho y Leyes sueltas de esta nación, escrita bajo el método de los Códigos modernos (1832), considerado por Silvela el primer Código verídico del Derecho de Castilla; su Examen de los principios del Derecho Civil español (1834, 3 vols.), y su Código Civil de España. Redactado con las disposiciones vigentes de los diferentes cuerpos del derecho y leyes sueltas de este reino, publicadas hasta el año de 1845 inclusive (1846).

Todas ellas respondieron a la necesidad que el autor observó en su práctica como abogado, del conocimiento de las innovaciones que circulaban por Europa en materia de técnica jurídica, de sus ideas liberales y de su inquietud como jurista. Las tres están relacionadas, constituyendo un trabajo único espaciado en el tiempo. A una primera redacción de Código Civil (1832) se le sumó una obra doctrinal (1834) que lo explicaba, y el trabajo se completó con una tercera obra que mejora y actualiza a la primera (1846). En suma, es un único proyecto de Código Civil acompañado de un breviario explicativo. Fue una obra pionera en un proceso que fue largo y difícil, otorgándosele el mérito de haber sido el primer proyecto de Código Civil español completo. Se trató de un proyecto privado y, por tanto, no oficial.

Pero fue su producción histórica la que le ha colocado entre los grandes autores de la historia guipuzcoana. Dedicó a ella la segunda etapa de su vida, entre 1853 y 1868. En toda ella su temática es única (la historia de Gipuzkoa); sus fuentes, los archivos municipales y provinciales (aunque utilizó la obra de Bernabé Antonio de Egaña sin citarla), y el aspecto jurídico prevalece frente a cualquier otro, tanto por la importancia que le otorgó a la materia propiamente jurídica como porque contempló el pasado y su presente con mentalidad y tratamiento de jurista. Quiso dar a conocer el pasado histórico para aprender de él y utilizar su conocimiento en la gestión y administración municipal y provincial.

Así, en 1853 publicó su Bosquejo de las antigüedades, gobierno, administración y otras cosas notables de la villa de Tolosa, realizándose su impresión en la imprenta de la Viuda de Mendizábal, sita en Tolosa. Le siguió en 1862 su Diccionario histórico-geográfico-descriptivo de los pueblos, valles, partidos, alcaldías y uniones de Guipúzcoa, con un apéndice de las cartas-pueblas y otros documentos importantes, donde ofreció una descripción de todas las entidades locales guipuzcoanas, intentando ser «lo más completa y exacta posible», con una atención privilegiada a la historia de su Derecho público. Y en 1865 la Memoria sobre las guerras y tratados de Guipúzcoa con Inglaterra en los siglos xiv y xv, fruto de un concurso abierto por la Diputación guipuzcoana en 1863 con objeto de premiar la obra que mejor estudiase la actuación de los marinos guipuzcoanos contra la armada inglesa.

No obstante, su mejor obra fue Noticia de las cosas memorables de Guipúzcoa o descripción de la provincia y de sus habitantes; exposición de las instituciones, fueros, privilegios, ordenanzas y leyes; reseña del gobierno civil, eclesiástico y militar; idea de la administración de justicia, etc., finalizada en 1868 y que es una descripción de la historia de la provincia de Gipuzkoa.

Se publicó por la Diputación de Gipuzkoa, a la muerte del autor, a instancias de su viuda Manuela de Irarreta, pues había quedado inédita. Las Juntas generales, reunidas en 1868 en Zumaya, acordaron al respecto «autorizar ampliamente a la Diputación, para que haciéndola examinar á personas competentes en la materia, adoptase sobre el particular aquella determinación que le pareciese más acertada». A pesar de ello la última confrontación carlista interrumpió el proceso y el manuscrito se perdió. Pero el Ayuntamiento de San Sebastián había encargado en su día a Luis Maximino de Aguirre la realización de una copia del original manuscrito, que fue descubierto por Serapio Múgica en 1898 cuando ordenó su archivo municipal.

Al conocer su existencia, el editor tolosano Eusebio López solicitó a la Diputación, el 30 de marzo de 1899, su cooperación para la edición de la obra. La Diputación acordó, en agosto de 1899, cooperar en el proyecto, comprometiéndose a adquirir 100 ejemplares y a recomendar a los ayuntamientos guipuzcoanos que adquirieran el número que estimasen oportuno. Igualmente creyó oportuna la realización de un apéndice que recogiese las novedades ocurridas en Gipuzkoa desde la muerte de Pablo.

De esta forma se posibilitó la publicación de la obra en cinco volúmenes aparecidos entre 1899 y 1900, al que debe sumarse un sexto, fechado en 1901, que, bajo el título Apéndice a la obra Noticia de las cosas memorables de Guipúzcoa de D. Pablo de Gorosábel, fue confeccionado por Carmelo de Echegaray. La segunda y la tercera ediciones se hicieron en los años 1967 y 1972, constituyendo parte del proyecto editorial de La Gran Enciclopedia Vasca. Una cuarta y última edición se hizo de forma electrónica, a cargo de Juan Antonio Sáez García, en el Instituto Ingeba, los años 2004-2006, sobre la primera edición de 1899-1901. Su estructura interna ha mantenido siempre el siguiente formato: vol. I (1899), lib. 1, lib. 2 (1.ª parte); vol. II (1900), lib. 2 (2.ª parte), lib. 3, lib. 4 (1.ª parte); vol. III (1900), lib. 4 (2.ª parte), lib. 5, lib. 6 (1.ª parte); vol. IV (1900), lib. 6 (2.ª parte), lib. 7; vol. V (1900), lib. 8, lib. 9; vol. VI (1901), apéndice (Echegaray).

Al decir de Elías Amézaga, «es más que una historia fría, es un examen en profundidad de la vida misma de Guipúzcoa. Son los hechos del país, no solo político-sociales o geohistóricos, sino además los conocimientos, yo diría enciclopédicos de quién es el hombre vasco, sus costumbres, sus instituciones, su habitáculo; no trata de aparecer bucólico sino imparcial, realista. Qué énfasis el suyo en ponderar su independencia, su ecuanimidad, ser un escritor anheloso de adquirir y dejar un buen nombre, y una reputación honrosa, cualidades sin las cuales no tomará la pluma». «Cada noticia se articula en un todo con la realidad presente, a veces discurre el tiempo y, el espacio hacia atrás, horro de bibliografía de programa válido para ulteriores estudios. Cada capítulo es de una contextura cuadrangular, hecho a tiralíneas, procurando agotar la materia. Se inicia con una explicación del concepto que trate, síguese su devenir histórico general y particular, abocando en una panorámica actual (su actualidad de mediados del siglo xix) en muchos casos, no siempre, su ponderado juicio crítico».

«El objetivo que Gorosábel persiguió con su obra —sigue diciendo— fue el de hacer “un libro de consulta para la época venidera” sobre la historia de -Gipuzkoa en todas sus facetas. En un momento histórico de posiciones enfrentadas y difícilmente conciliables, liberalismo o carlismo, unidad constitucional o Fueros, Gorosábel mostró su imparcialidad y su actitud de respeto a la verdad histórica documentada. A la hora de valorar esta obra en concreto, y en general todas las históricas de Gorosábel, los historiadores guipuzcoanos coinciden en encomiar el volumen de sus conocimientos, lo variado y profuso de las materias por él estudiadas, el orden y método de su exposición, y su integridad y culto a la verdad».

Según Juan Antonio Sáez García, algunos detalles de la obra indican que estaba a falta de una última revisión. A pesar de lo cual podemos considerar que el programa de la obra se cumplió totalmente. Gorosábel no se limitó en su obra a describir el marco físico de Gipuzkoa, su organización institucional, infraestructuras, economía, etc., sino que en determinadas ocasiones realizó comentarios acerca de sus aciertos y defectos, proponiendo, en ocasiones, soluciones a los mismos.

El apéndice, por su parte, encomendado a Carmelo Echegaray (cronista de Gipuzkoa), recogió las novedades ocurridas desde que Gorosábel terminó la obra, centrándose casi exclusivamente en aspectos vinculados con las competencias de Diputación. También se refirió, con mucha menor profundidad, a las carreteras, al puerto de Pasajes y a la Caja de Ahorros Provincial de Guipúzcoa, etc., procurando a lo largo de su obra incorporar textos legales y otros documentos, evitando plasmar su opinión sobre los hechos constatados.

Obras

. Redacción del Código civil de España, esparcido en los diferentes cuerpos del derecho y leyes sueltas de esta nación, escrita bajo el método de los Códigos modernos, Tolosa: Imprenta de la Vda. de la Lama, 1832.

Examen de los principios del derecho civil español, Tolosa: por Juan Ignacio de Mendizábal, 1834, 3 vols.

Código civil de España: Redactado con las disposiciones vigentes de los diferentes cuerpos del derecho y leyes sueltas de este reino publicadas hasta el año de 1845 inclusive, Tolosa: Imprenta de la Vda. de Mendizábal, 1846.

Bosquejo de las antigüedades, gobierno, administración y otras cosas notables de la villa de Tolosa, 1.ª ed. Tolosa: [Ayuntamiento de Tolosa], 1853 (Imprenta de la Viuda de Mendizábal); 2.ª ed. (en conmemoración VII centenario Fundación Tolosa año 1256), Cizúrquil: Imprenta de Pedro Arístegui, 1956; 1.ª ed. electrónica a cargo de Juan Antonio Sáez García, Donostia: Ingeba, 2002.

Diccionario histórico-geográfico-descriptivo de los pueblos, valles, partidos, alcaldías y uniones de Guipúzcoa: con un apéndice de las cartas-pueblas y otros documentos importantes, Tolosa: Imprenta de Pedro Gurruchaga, 1862; Bilbao: La Gran Enciclopedia Vasca, 1972 (ed. facs. de la de Tolosa, de 1862).

Memoria sobre las guerras y tratados de Guipúzcoa con Inglaterra en los siglos xiv y xv: Premiada por las Juntas generales de Villafranca, Tolosa: Imprenta de la Provincia, 1865.

Noticia de las cosas memorables de Guipúzcoa: descripción de la provincia y de sus habitantes, exposición de las instituciones, fueros, privilegios, ordenanzas y leyes, reseña del gobierno civil eclesiástico y militar, idea de la administración de justicia, etc., Tolosa: E. López, 1899-1901, 6 vols.; con tres prólogos de Carmelo de Echegaray, Federico de Zavala y José María Martín de Retana, e índices de Jesús Ugalde Fernández en 2.ª ed., Bilbao: La Gran Enciclopedia Vasca, 1967, 3 vols. (Biblioteca de La Gran Enciclopedia Vasca); id. en 3.ª ed., Bilbao: La Gran Enciclopedia Vasca, 1972, 3 vols. (Biblioteca de La Gran Enciclopedia Vasca); 1.ª ed. electrónica, a cargo de Juan Antonio Sáez García. Donostia: Ingeba, 2004-2006.

Bibliografía

Echegaray, C., «Historiadores guipuzcoanos: Gorosábel», Revista Contemporánea, CXVII (1900), pp. 168-178.

Insausti, S. de, «Supuesto o real liberalismo en don Pablo de Gorosábel», Boletín de la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, XXVII (1971), pp. 75-104.

Múgica, G., «Don Pablo de Gorosábel», Euskal-Erria, XXXII (1895), pp. 105-113.

Soria Sesé, L., «Del primer Código Civil a la historia del Derecho público: Pablo de Gorosábel (1803-1868)», Notitia Vasconiae. Revista de Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia, 1, 2002, pp. 321-342.

Velasco Domínguez, S., Pablo Gorosábel (1803-1868). Ensayo biográfico y obra jurídica, Tesis doctoral inédita, dirigida por José Iturmendi Morales y leída en la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid en 1995.

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