Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Autores y obras navarros

ELIZONDO ALVIZU, Joaquín de (Joaquín de Elizondo, Joachín de Elizondo) (Pamplona, c. 1660 – s. l., 1736).

Cargos y oficios

Diputado, síndico y consejero del Consejo Real de Navarra. Oidor de la Cámara de Comptos.

Trayectoria

Hijo de Francisco de Elizondo y de Josefa Alvizu, nació en Pamplona hacia 1660. Su padre, abogado de los Tribunales Reales, procuró para él una educa­ción que le llevaría a seguir sus pasos. Tras estudiar cinco cursos de Derecho en la Universidad de Huesca, se graduó de bachiller de Leyes y regresó a Pamplo­na en 1685. Los tres primeros años estuvo de prácticas con el abogado de los Tribunales Reales de Navarra Diego de Yárnoz, completando su formación de pasante con su propio padre, Francisco de Elizondo. Tras la preceptiva prueba de la limpieza de sangre, en 1688 fue examinado para entrar en el Consejo de Navarra por Miguel de Ilarregui, y pasó a ejercer como abogado en los Tribu­nales Reales. Sustituyó a su padre como abogado de pobres en 1692. Por la ceremonia de colocación de la primera piedra de la capilla de san Fermín de Pamplona, conocemos que era regidor de Pamplona en 1695. La Diputación del reino lo nombró síndico en 1703, cargo en el que se mantuvo durante prác­ticamente diez años. Entre tanto, también fue nombrado diputado en 1709. En 1713 fue nombrado oidor de la Cámara de Comptos, por lo que renunció a sus cargos de diputado y síndico; y en 1726 pasó a ser oidor del Consejo Real, cargo en el que se mantuvo durante un decenio, hasta su muerte en 1736.

Joaquín de Elizondo fue autor de la Novíssima Recopilación de las leyes del reino de Navarra hechas en sus Cortes generales desde el año de 1512 hasta el de 1716 inclusive, publicada en 1735. La denominación de Novíssima Recopilación obedece a que sustituye a la precedente Recopilación de Chavier. En su origen, el proyecto que acabó por desarrollar Joaquín de Elizondo tenía otra autoría. Las Cortes reunidas en Corella acordaron el 24 de diciembre de 1695 acometer una compilación, que encomendaron al síndico Miguel de Ilarregui. Fallecido este en 1716, había logrado desarrollar la primera mitad de la recopilación, es decir, la totalidad del Libro I, tal y como dio a conocer Amparo Zubiri. El traba­jo fue continuado por Joaquín de Elizondo, encargado por las Cortes de 1716­1717 de la preparación de los Libros II, III, IV y V, que integraron el segundo volumen de la obra. Elizondo se encargaría, asimismo, del proceso de edición del Libro I a partir de los materiales preparados por Ilarregui, otorgándole a la Novíssima una unidad de criterio formal. La labor de este destacado jurista fue controlada por la Diputación del reino. Elizondo era la persona más adecuada para alcanzar con éxito el final del magno proyecto, pues era síndico y había sido diputado. En agosto de 1724 presentó su trabajo a las Cortes, momento en el que, además de su labor recopiladora, trabajaba como oidor togado de la Cá­mara de Comptos. La asamblea confió el texto a Baltasar de Lezáun. Hubo que esperar un año más hasta que los tres Estados reunidos el 21 de agosto de 1725 decidieron no incluir en la Novíssima las leyes de las Cortes del año anterior, con el fin de no retrasar la edición. Al día siguiente, el 22 de agosto, las Cortes aprobaron definitivamente la obra. La tarea de edición fue todavía costosa. La primera impresión, en forma de pruebas de imprenta, fue corregida por el pro­pio Joaquín de Elizondo, quien se encargó, asimismo, de las correcciones de imprenta, y los dos gruesos volúmenes vieron finalmente la luz en 1735 salidos de las prensas del pamplonés José Joaquín Martínez.

La Novíssima, partiendo en buena medida de la compilación oficial de los síndicos Sada y Murillo, recoge solo las leyes de Cortes, que reproduce inclu­yendo tanto el pedimento del reino como el decreto real correspondiente. Com­pila, en total, 1.838 leyes, distribuidas en 124 títulos que, a su vez, se agrupan en cinco libros, con el siguiente contenido:

Libro I: Derecho público. El rey y el reino, Fueros y Leyes, servicio militar y régimen eclesiástico, naturaleza navarra originaria y adquirida, organización judicial y régimen financiero, vecindad, patrimonio municipal y usos comuna­les, conservación y observancia de los fueros municipales, etcétera.

Libro II: Jueces, notarios, abogados y secretarios, protomedicato, procedi­miento judicial.

Libro III: Contratos y últimas voluntades: arriendos, restitución in inte- grum, censos, donaciones y disposiciones mortis causa, mayorazgos, pragmá­ticas de vestidos y armas.

Libro IV: Delitos y agravios sobre el procedimiento, leyes de extradición, gitanos y vagabundos, ladrones, etcétera.

Libro V: Varia (beneficiencia y hospitales, régimen de caminos y puentes, moneda, caza y pesca, gremios, disposiciones nobiliarias y eclesiásticas, etc.).

El índice de la obra no lo realizó el propio Elizondo, tarea que no pudo realizar por su nombramiento como oidor del Consejo Real, y que sería desa­rrollada por otros dos futuros consejeros.

La Novíssima Recopilación tuvo una trascendental importancia, pues dejó atrás la deficiente recopilación de Chavier. Su oficialización hizo que, en ade­lante, constituyese el Derecho vigente recopilador de las leyes emanadas de las Cortes de Navarra entre 1512 y 1716, de ahí que constituya el texto jurídico oficial por antonomasia del reino de Navarra en la Edad Moderna.

Obras

Novísima Recopilación de las Leyes del Reino de Navarra hechas en sus Cortes ge­nerales desde el año de 1512 hasta el de 1716 inclusive, Pamplona: Imprenta Joseph Joachín Martínez, 1735. Reeds. Novíssima Recopilación de las leyes del Reino de Na­varra hechas en sus Cortes Generales desde el año 1512 hasta el de 1716 inclusive: edi­ción realizada conforme a la obra de D. Joaquín de Elizondo, año 1735, Col. Biblioteca de Derecho foral, núm. 2, Pamplona: Aranzadi: Diputación Foral de Navarra, 1964, 3 vols. Novíssima Recopilación de las Leyes del Reino de Navarra hechas en sus Cortes Generales desde el año de 1512 hasta el de 1716 inclusive, Pamplona, 1735, Zubiri Jaurrieta, A. (ed.), Donostia-San Sebastián: Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia, 2009. 2 vols. [Sin autor], Indice auxiliar alfabé­tico de Fuero General, Novíssima Recopilación y Cuadernos de las Cortes de Navarra, Pamplona: Aranzadi, 1971 (incluye el índice analístico original de la obra de 1735, que no fue incluido en la edición de 1964).

Bibliografía

Huici Goñi, M.a P., «La Recopilación de leyes de Navarra de Joaquín de Elizondo», Príncipe de Viana, vol. 42, núm. 163 (1981), pp. 479-493.

Martínez Arce, M.a D., Recopiladores del Derecho Navarro. Trayectorias personales y pro­fesionales de los recopiladores de fueros y leyes de Navarra,Pamplona: Gobierno de Navarra, 1998.

Pérez Martín, A., y Scholz, J. M., Legislación y jurisprudencia en la España del Antiguo Régimen, Valencia: Universidad de Valencia, 1978 (la parte dedicada a Navarra en pp. 159-188).

SesÉ Alegre, J. M.a, El Consejo Real de Navarra en el siglo xviii, Pamplona: Eunsa, 1994. — «Joaquín Elizondo Alvizu», Diccionario Biográfico Español, Madrid: Real Academia de la Historia. Edición en línea: http://dbe.rah.es/biografias/39145/joaquin-elizondo-alvizu (consultado el 20 de septiembre de 2018).

Zubiri Jaurrieta, A., y Tamayo Salaberria, V. E., «Introducción», Elizondo, J. de (comp.), Novísima Recopilación de las Leyes del Reino de Navarra hechas en sus Cor­tes Generales desde el año de 1512 hasta el de 1716 inclusive, Donostia-San Sebastián: Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia, 2009, vol. 1, pp. 15-26.

Cita bibliográfica

Jimeno Aranguren, R., “Elizondo Alvizu, Joaquín de», Jimeno Aranguren, R., (dir), Notitia Vasconiae. Diccionario de historiadores, juristas y pensadores políticos de vasconia, T. I, Marcial Pons, Madrid, 2019, pp. 560-562.

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