Cargos y oficios
Secretario de Juntas y Diputaciones de Gipuzkoa.
Trayectoria
Hijo de Domingo Ignacio de Egaña y González-Cid y de su primera mujer María Antonia de Jauregui. El 29 de septiembre de 1778 casó con María Josefa de Urrizola y Lizardi, natural de Getaria, de la que tuvo por hijos a Ignacia Abdona (1780), José María Victoriano (1782), María Brígida Juliana Dominica (1783), Julián Demetrio Ramón (1788), Ignacio Antonio (1788) y Josefa Ignacia de Egaña y Urrizola (1790).
Cursó estudios de Derecho, siendo abogado de los Reales Consejos ya para 1786. Se trasladó de Madrid a Gipuzkoa siguiendo a su padre Domingo Ignacio, con quien se vinculó tempranamente a la Secretaría de la Provincia, adquiriendo así «las cortas luces y experiencia [que tengo] en las dependencias y papeles de Vuestra Señoría estos once años que tiene la honra de manejarlos», según lo expresó en carta escrita a la Provincia el 12 de enero de 1786. No fue, sin embargo, un mero amanuense de su padre (con quien llegó a ser oficial principal de la Secretaría), pues le ayudó activamente en la elaboración de su Prontuario, conocido con el título de El Guipuzcoano instruido, y desempeñó otros encargos y comisiones por orden de la Provincia.
A la muerte de su padre Domingo Ignacio de Egaña, en 1786 Bernabé Antonio solicitó cubrir su vacante, y el 12 de enero envió un memorial a la Provincia ofreciéndose a ocupar el cargo del despacho de la Secretaría hasta la primera Junta General a celebrar en Mutriku, mientras que las actas y otros despachos podrían seguir a cargo de Ignacio de Mandiola, como se venía haciendo a causa de «las ausencias y enfermedades» del fallecido. Apelaba, para ello, a la experiencia que como oficial de la Secretaría tenía desde hacía once años. Para la cobertura de la vacante, contó con el apoyo de la dama de honor de la reina, María Agustina de Ramery, la cual escribió desde Madrid el 29 de junio solicitando el puesto de secretario para Bernabé Antonio de Egaña.
El 1 de julio de 1786 fue él mismo quien escribió a la Provincia reunida en Junta General en Mutriku, afirmando que llevaba muchos años en la Secretaría, que era oficial principal de la misma por nombramiento de la Junta General de Villafranca-Ordizia de 1781, y que había realizado diversos encargos y escritos sobre historia de Gipuzkoa, y necesitar el empleo ante el «desamparo y horfandad de sus siete hermanos». Por todo ello, la Junta acordó el 3 de julio, «por voz y voto uniforme de todos sus constituyentes», nombrarle por su secretario de Juntas y Diputaciones en virtud del poder otorgado en el cap. 1.°, tít. 11 de sus Fueros. Acordó, asimismo, solicitar su confirmación por el Real y Supremo Consejo de Castilla, y el título de «Secretario del Rey». Escribió para ello la Provincia, el 18 de julio, a su agente en Corte, Blas de Torres Errazquin, quien manifestó el día 31 que no convenía solicitar tal título pues «no se concede en el día con la facilidad que en otros tiempos».
La confirmación del nombramiento por parte del Consejo fue expedida en Madrid el 18 de septiembre de 1786, bajo la firma, entre otros, del conde de Campomanes. Pero Bernabé Antonio de Egaña será el primer secretario de las Juntas y Diputaciones de Gipuzkoa que no llevará el título de «Secretario del Rey» desde 1619 en que la Provincia alcanzó dicha merced real.
Tras tomar posesión de la Secretaría de manos de la Diputación de Tolosa, Bernabé Antonio cumplió su labor con eficacia y celo, al tiempo que fue elaborando su obra sobre las Instituciones guipuzcoanas, truncada en parte por las vicisitudes propias de la guerra de la Convención (1783-1785). En esos graves acontecimientos de división interna de los órganos de Gobierno de Gipuzkoa, a causa de la invasión francesa, Bernabé Antonio de Egaña siguió actuando como secretario de la Provincia en la parte sometida a la Convención francesa. De hecho, su firma aparece, en la posición 38, entre los 41 firmantes de la carta escrita por la Junta General de Getaria a la Convención, en la convocatoria de dicha Junta hecha el 14 de agosto por el diputado general José Fernando Echa- ve y Romero, y en otro oficio posterior.
Desconocemos si Bernabé Antonio de Egaña actuó en la guerra como simple funcionario o como el convencido foralista e ilustrado que era, pues nada dijo en su obra, cuya exposición cierra a comienzos de la guerra. Pero el hecho es que, habiendo quedado la Diputación en la zona ocupada por los franceses, se juntaron los procuradores de los pueblos conquistados en Junta, el 1 de septiembre de 1794, donde se nombraron tres nuevos diputados generales, un consultor y un secretario, quedando Bernabé Antonio de Egaña sin poder ejercer su cargo, al ser nombrado para el mismo el licenciado y abogado de los Reales Consejos Mateo de Hériz.
Terminada la guerra con la paz de Basilea, los franceses abandonaron Gi- puzkoa el 22 de julio de 1795. En la primera Junta General, celebrada en Zestoa a fines de 1795, se permitió volver a Bernabé Antonio a su puesto y oficio, «alternando [con Hériz] en el trabajo por años», mientras vivieren, repartiéndose los 12.000 reales de salario a partes iguales, aumentado este con 200 ducados de la Depositaría del Tercio del Donativo, y quedando el ejerciente con los emolumentos.
Fue en esta época cuando, por comisión de la Provincia, Bernabé Antonio de Egaña organizó los papeles de la misma, que estaban «desordenados y revueltos»; y a pesar del arduo trabajo asumido, el 30 de junio de 1800 dio cuenta a la Junta General de Tolosa del «copioso» inventario alfabético-cronológico que había realizado.
Los problemas derivados del sistema de alternancias (pues les impedía el ejercicio de la abogacía) y la insuficiencia de un salario compartido, llevaron a ambos secretarios a solicitar, en la Junta General de Zumaia de 11 de julio de 1801, que se buscase una solución. Se encomendó el caso al corregidor de la Provincia, Alfonso Durán y Basazabal. Ambos secretarios propusieron, de conformidad, que fuese solo uno el que sirviese de por vida la Secretaría, suce- diéndole el otro si le sobrevivía; que el sueldo se repartiese igualmente, como se venía haciendo, pero solo el ejerciente recibiese el sobresueldo y los emolumentos, debiendo poner sustituto para sus ausencias y enfermedades, y un tercer oficial amanuense, a cargo de la Provincia (con nueve reales de vellón de salario diarios); pedían, como futura pensión de sus viudas, 300 ducados anuales a cada una de ellas; y que el no ejerciente pudiese volver a su casa, sin tener obligación de acudir a las Juntas de la Provincia.
La Junta aprobó la propuesta y ofreció a ambos secretarios la posibilidad de elegir de entre ellos a quien ocupase en primer lugar la Secretaría. Mateo de Hériz dejó a discreción de Bernabé Antonio de Egaña «como más antiguo» la decisión final, el cual manifestó su deseo de continuar ejerciendo la misma. Así lo acordó la Junta el 28 de julio, y lo aprobó el Consejo el 31 de octubre de 1801.
Pocos años más ejerció el oficio Bernabé Antonio de Egaña, a causa de su ya precaria salud. Asistido por su hijo José María de Egaña como oficial amanuense, y viudo ya desde hacía algunos años, asistió a la Diputación del 31 de diciembre de 1803, pero la prevista para el 10 de marzo de 1804 no se convocó por estar indispuesto. El 12 de marzo, la propia Diputación anunció su fallecimiento y pidió a Mateo de Hériz que se hiciese cargo de la Secretaría.
A su muerte el agente de Corte, Blas de Torres Errazquin, manifestó su pesar «pues le amaba tiernamente por su integridad y vella intención», considerando que era una gran pérdida para la Provincia. Opiniones similares moverán a la Provincia a señalar una pensión a sus hijos aún menores.
Bernabé Antonio de Egaña se mostró de forma temprana como un hombre constante y culto, formado al amparo de su padre Domingo Ignacio de Egaña, a quien ayudó en la elaboración de su obra El Guipuzcoano Instruido.
El autor orientó a lo largo de su vida todo su esfuerzo, en todas y cada una de sus obras, en dar a conocer el particularismo foral vasco, especialmente gui- puzcoano, con presupuestos históricos y jurídicos, convirtiéndose en referente preciso y claro de los defensores de la foralidad guipuzcoana del siglo xviii. Falleció en Azpeitia el 12 de mayo de 1804.
La obra de Bernabé Antonio de Egaña es fundamental para entender el siglo xviii guipuzcoano. Especialmente en la última, sus Instituciones y colecciones histórico-legales pertenecientes al gobierno municipal, fueros, privilegios y exempciones de la M. N. y M. L. Provincia de Guipúzcoa, se muestra como un autor-testimonio, fidedigno, exacto y veraz. Al versar la temática sobre su propia época, y al utilizar sobre todo los registros de Juntas y Diputaciones y la documentación del archivo provincial, actúa como un verdadero notario de la época, a excepción de los duros años de la guerra de la Convención.
Su formación como jurista da a la obra un valor especial al convertirla en fiel reflejo del Derecho de la época. La misma, escrita en dos volúmenes con anotaciones a pie de página —aunque la segunda se halla inacabada—, fue entregada a la Diputación por sus hijos en 1814. Se trató de la misma en varias Juntas y se nombró una comisión para emitir un dictamen. Finalmente, el 11 de julio de 1816 la Junta de Zestoa acordó que «interesa mucho se conserve […] en la Secretaría para instrucción de la Diputación».
Bernabé Antonio de Egaña abordó por primera vez en su estudio todo el entramado institucional de Gipuzkoa, entendido como conjunto provincial, creando su propia sistemática, al estudiar cada una de sus instituciones en una progresión acertada. Analizó en su Introducción el concepto de «Fuero» y de las demás fuentes del Derecho guipuzcoano. Dedicó su primer volumen a analizar en catorce capítulos las instituciones de su Derecho público, y el segundo dedicó en dos capítulos al estudio de la nobleza e hidalguía de los guipuzcoa- nos y a su originaria libertad y exención de pagar pechos y contribuciones ordinarias, terminando el mismo con un muy documentado estudio sobre la Real Compañía Guipuzcoana de Caracas.
Al quedar relegada al uso de la Secretaría por acuerdo de las Juntas, la obra no ha sido conocida por los estudiosos hasta su edición en 1992, siendo como es una obra densa, importante y plenamente vigente; y en aquellas partes en donde la carga ideológica es mayor, es una viva muestra de parte del pensamiento de su época y, en cierto modo, del pensar «público» de Gipuzkoa puesto que, además de asumir y loar esta el trabajo de Egaña, era este el secretario de Juntas y Diputaciones, un funcionario, un hombre «público» que defendió entusiásticamente las instituciones provinciales convencido de su valor y eficacia.
La producción historiográfica de Bernabé Antonio de Egaña fue verdaderamente notable. En 1784 escribió una obra titulada Derechos del Señorío de Vizcaya y Cuatro Villas de la Costa de la Mar a la pesquería de bacalao y ballenas en Terranoba, en que defendió el derecho de dichos pueblos a ejercer aquella actividad pesquera, al atribuirse los franceses el descubrimiento de Terranova y Groenlandia y llamar «vascos» solo a labortanos y bearneses.
En 1788 imprimió en Tolosa, en la imprenta de Francisco de La Lama, su segunda obra titulada Continuación de la Memoria que sobre las fábricas de anclas, de palanquetas, de baterías de fierro, la fandería y otros establecimientos de la Provincia de Guipúzcoa dio a luz Don Juan Antonio Enríquez, del Consejo de S. M., su Secretario, Ministro General de Marina y Juez de Arribadas de Indias en los puertos de dicha Provincia. En ella confesaba haberla compuesto «para suplemento de varias noticias que no pudo adquirir el zelo de aquel Ministro» y oponer así, «a sus venenosos tiros», los datos que demostraban la fidelidad de Gipuzkoa a la Corona, dejando constancia de su esterilidad y pobreza y de la necesidad de conservar y observar sus Fueros.
En 1786 escribió a la Junta General de Mutriku diciendo que se hallaba preparando y coordinando las Noticias Geográficas que remitían los pueblos para su envío a la Real Academia de la Historia, junto a una Descripción General del territorio guipuzcoano. El prologuista del Diccionario histórico-geográfico del País Vasco, Manuel Abella, consignó en 1802 que Bernabé Antonio de Egaña merecía «particular elogio por haber remitido las descripciones de gran parte de las villas principales, la topografía de la Provincia y un estado muy completo de todos los pueblos, con expresión de los fuegos que se le consideran a cada uno para votar en las Juntas, y asiento que ocupan en estas».
Obras
Instituciones y colecciones histórico-legales pertenecientes al gobierno municipal, fueros, privilegios y exempciones de la M. N. y M. L. Provincia de Guipúzcoa. Inacabada, Díez de Salazar Fernández, L. M., y Ayerbe Iribar, M.a R. (eds.), Donostia-San Sebastián: Diputación Foral de Gipuzkoa, 1992.
Disertación sobre el descubrimiento de Terranova, 1772.
Continuación de la memoria, que sobre las Fábricas de Anclas, de Palanquetas, de Baterías de Fierro, la Fandería, y otros establecimientos de la provincia de Guipúzcoa, dio a luz D. Juan Antonio Enríquez del Consejo de S. M. su secretario, Ministro general de Marina, y Juez de Arribadas de Indias en los Puertos de dicha provincia. Escribíala D. -, Secretario de Juntas y Diputaciones de esta Muy Noble y Muy Leal Provincia de Guipúzcoa, para suplemento de varias noticias que no pudo adquirir el zelo de aquel Ministro, Tolosa: Francisco de la Lama, 1778.
Derechos del Señorío de Vizcaya y Cuatro Villas de la Costa de la Mar a la pesquería de bacalao y ballenas en Terranoba, 1784.
Estado general de la cantidad de fanegas de trigo, que se cogieron en cada uno de los pueblos, y uniones [de Gipuzkoa], 1787.
Continuación de la Memoria que sobre las fábricas de anclas, de palanquetas, de baterías de fierro, la fandería y otros establecimientos de la Provincia de Guipúzcoa dio a luz Don Juan Antonio Enríquez, del Consejo de S. M., su Secretario, Ministro General de Marina y Juez de Arribadas de Indias en los puertos de dicha Provincia, Tolosa: Francisco de La Lama, 1788.
Bibliografía
Ayerbe Iribar, M.a R., «Los Egaña, una saga de foralistas guipuzcoanos (s. xviii-xix)», Notitia Vasconiae, 1 (2002), pp. 189-216.
Díez de Salazar Fernández, L. M., «Las «Instituciones» públicas de Guipúzcoa, una obra inédita de Bernabé Antonio de Egaña (h. 1752-1804)», Boletín de la Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, vol. 41, núms. 1-2 (1985), pp. 97-149.
Díez de Salazar Fernández, L. M., y Ayerbe Iribar, M.a R., «Introducción», Díez de Salazar Fernández, L. M., y Ayerbe Iribar, M.a R. (eds.), «Bernabé Antonio de Egaña», Instituciones Públicas de Gipuzkoa, s. xviii, Donostia-San Sebastián: Diputación Foral de Gipuzkoa, 1992.
Cita bibliográfica
Ayerbe Iribar, R. Mª., “Egaña Jauregui, Bernabé Antonio de», Jimeno Aranguren, R., (dir), Notitia Vasconiae. Diccionario de historiadores, juristas y pensadores políticos de vasconia, T. I, Marcial Pons, Madrid, 2019, pp. 479-483..





