Cargos y oficios
Político y jurista
Trayectoria
Precoz miliciano nacional, campo de donde pasó a la política activa, a de-sempeñar cargos públicos, primero a la más cercana, en poco tiempo a la de la primera línea, pero sobre todo abogado, uno de los más reputados letrados de su tiempo, Manuel Cortina y Arenzana nació en Sevilla en 1802. Era hijo de Cayetano Cortina, un propietario de tierras natural de Mataró (Barcelona), y de María Dolores Arenzana que, como señala José Santos Torres, pertenecía a una familia de comerciantes establecida en Sevilla al menos desde mediados del siglo xviii, pues, oriunda de Castilla la Vieja, en esta ciudad residía Gertrudis Sánchez, la abuela materna de nuestro biografiado, y a ella había llegado procedente de Valdaran, también reino de Castilla, su abuelo Francisco Arenzana.
Fue el joven Manuel un brillante estudiante, en tanto que aún no había cumplido los doce años cuando ya era licenciado en Artes. Pudiendo haberse orientado a partir de este momento a la carrera eclesiástica, pues, como indica Juan Pro, con quince años opositó a una doctoral de la Colegiata del Salvador de Sevilla, se encaminó, sin embargo, a los estudios de Derecho, obteniendo los títulos de bachiller y licenciado en Leyes por la Universidad de Sevilla en abril de 1818, incorporándose en 1823, tras los preceptivos cuatro años de pasantía, al Colegio de Abogados de Sevilla.
Pero estos años, los de su formación como jurista, también coinciden con su primera toma de contacto con la política. Es ahora, a comienzos del Trienio liberal (1820-1823), cuando se incorpora a la Milicia Nacional de Sevilla. De su vinculación con el liberalismo radical da cuenta no solo su rápido ascenso en la misma, en tanto que ya en 1821 era capitán de fusileros, sino también su activa presencia en cuantos acontecimientos bélicos se sucedieron durante estos años en Andalucía, de ahí que fuese uno de los oficiales que en 1823 se encargaron de escoltar a Fernando VII cuando fue trasladado de Sevilla a Cádiz. En esta ciudad, sitiada por las tropas realistas, se distinguió al mando de una compañía en la defensa del fuerte del Trocadero; fue, dice Natalio Rivas, uno de sus héroes. Herido en esta acción, de la derrota escapó con dificultad pues, como nos cuenta José Santos, se salvó tirándose al mar y ganando a nado el vapor Asia.
No padeció, en todo caso, la furia absolutista como la sufrieron gran parte de los políticos liberales del Trienio. Durante un tiempo tuvo que permanecer oculto, y también en febrero de 1824 fue inhabilitado para el desempeño tanto de cargos públicos como de la profesión de abogado. Pronto, sin embargo, ya en 1825, le fue levantada esta prohibición, ejerciendo su cada vez más importante y próspera actividad profesional y no solo en Sevilla, sino también en gran parte de Andalucía, con una preferente atención a asuntos penales y mercantiles. Una dedicación que debió de ser muy lucrativa, por cuanto, como indica Pérez Bustamante, en 1828 el capital de sus bienes ascendía a 253.045 reales. Fue este año cuando contrajo matrimonio en Sevilla con Manuela Antonia Rodríguez Ruiz, quien pertenecía a una influyente familia de industriales locales, enlace por el que además de forma indirecta emparentaba con Ignacio Vázquez, el esposo de Candelaria, la hermana de su mujer, con quien, dice Juan Pro, sellaría una fuerte alianza, tanto política como económica.
Pero fue a partir del cambio de régimen que se produjo en España tras la muerte de Fernando VII cuando Cortina retomó, y de qué manera, la actividad política. En 1834, en las primeras elecciones del Estatuto Real, resultó elegido procurador por Sevilla. Aunque tradicionalmente se ha dicho que fue debido a que no alcanzaba los exigentes mínimos de renta que se fijaban en el Estatuto para formar parte del Estamento, por lo que tuvo que renunciar al cargo, más verosímil nos parece la versión que nos dan sus contemporáneos Nicomedes Pastor Díaz y Francisco de Cárdenas, quienes en su Galería de españoles célebres contemporáneos señalan que renunció por juzgarlo incompatible con su carrera en el foro. No obstante, también ese año, con la creación de la Milicia Urbana (un remedo de la «doceañista» Milicia Nacional) fue nombrado capitán de granaderos y al poco responsable de esta milicia en Sevilla. Al frente de ella participó en el levantamiento del verano de 1835 que propició la llegada de Mendizábal a la presidencia del Consejo de Ministros y quien, con el fin de institucionalizar a las juntas revolucionarias que se habían constituido por toda España, restableció las diputaciones provinciales. Y es ahora, a finales de ese convulso 1835, cuando vemos a Manuel Cortina desempeñando sus primeros cargos de representación política: regidor de Sevilla desde el mes de noviembre y diputado provincial a partir del 25 de diciembre. Desde estos puestos, y sin olvidar su actividad como letrado, tomó parte en la revuelta de agosto de 1836 por la que se restituyó la Constitución de 1812, aunque, como nos cuentan los ya aludidos Pastor Díaz y Cárdenas, «no juzgaba conveniente el restablecimiento de la Constitución gaditana […] pero temeroso quizá de que tomasen incremento las dudas que tenían ciertas gentes acerca de su liberalismo, proclamó como los demás el código de Cádiz». Como también, al mando de un batallón de la restablecida Milicia Nacional, se distinguirá colaborando con el ejército en la persecución por Andalucía de diversas partidas carlistas, destacando, en particular, su colaboración con el ejército de Narváez en la batalla de Majaceite (Cádiz), donde fue derrotada la expedición de Gómez. Una acción por la que fue reconocido con la Encomienda de Isabel la Católica y que también le valió, dice Pro, para su nombramiento como asesor de la Intendencia y Juzgado de Rentas de las fábricas nacionales de Sevilla. También por estos años, a finales de 1838, participó en el levantamiento de la Milicia Nacional de Sevilla contra el gabinete moderado del duque de Frías, en el que, por diferentes motivos, también se involucraron dos notables espadones, y no precisamente progresistas, como eran su amigo Ramón María Narváez y Luis Fernández de Córdova. Como recoge Juan Pro, el fracaso de la asonada acabó con estos en el exilio y con Cortina, que tuvo que hacer frente a las tropas gubernamentales mandadas por el general Sanjuanena, arrestado durante unos días en el cuartel de artillería de Sevilla. Claro que, en poco tiempo, y quizá debido a este episodio que le encumbró como uno de los líderes del liberalismo local, en enero de 1839 fue elegido alcalde de Sevilla, cargo que desempeñó hasta el inmediato mes de agosto, cuando fue elegido diputado a Cortes, siendo relevado al frente del consistorio por su cuñado Ignacio Vázquez.
Ponía así fin a su periodo sevillano, dejando los asuntos de su despacho a otros compañeros, y comenzaba la etapa madrileña, la del Cortina que descollará no solo en la alta política, cuando llegó a liderar una de las facciones del progresismo nacional, sino también como un reconocido y prestigioso jurista. Y pronto tuvo ocasión de poner de manifiesto sus dotes políticas. Tuvo un notable protagonismo en la crisis de finales del verano de 1840, y ya como ministro de Gobernación él fue quien en Valencia se encargó de transmitirle a la reina gobernadora las propuestas del nuevo gobierno que, al no ser asumidas por esta, provocaron la marcha de María Cristina al exilio. Fue, señala Pro, el alma de ese ministerio, del gabinete Espartero: «Suspendió la ley de ayuntamientos, decretó la renovación de las diputaciones provinciales, legalizó las disposiciones adoptadas por las juntas revolucionarias provinciales, suprimió la policía, dio instrucciones para preservar la libertad de imprenta».
Como también durante ese tiempo, mientras fue responsable de la cartera de Gobernación, intervino en la negociación del arreglo foral, siendo capital su contribución al acuerdo navarro. Aunque fuese Facundo Infante, ministro de la Gobernación desde el inmediato mes de mayo, quien rubricase la Ley Paccionada de Navarra de 16 de agosto de 1841, las bases sobre las que tuvo lugar la negociación de los Fueros habían sido remitidas a las capitales de los territorios vascos por el entonces ministro del ramo, por Manuel Cortina, el 4 de marzo de 1841. Como recoge Joseba Agirreazkuenaga, este se acomodaría a: «1.ª La obligación de contribuir a las cargas del estado sin excluir las de sangre, con proporción a nuestra población y riqueza. 2.ª La de adoptar el sistema judicial que rige en el resto de la península en su parte orgánica y de procedimiento. 3.ª La de uniformarnos en el método de elegir los Ayuntamientos con todos los demas pueblos de España. 4.ª Se suprimirán las diputaciones generales y en su lugar se nombrarán diputaciones provinciales con arreglo a la ley común. 5.ª Habrá en cada provincia un funcionario superior delegado del gobierno supremo con el título de gefe o corregidor político. 6.ª Se establecerán las aduanas en la costas y frontera de Vizcaya y Guipúzcoa».
Y es que Cortina no desconocía esta materia, para él no era una novedad. Ya años antes, en octubre de 1839, en los comienzos de los debates sobre la cuestión de los Fueros, cuando, como nos dice José María Portillo, «por vez primera un Congreso español iba a considerar la integración constitucional de territorios hispanos mediante el reconocimiento de un derecho propio de los mismos», había sido uno de los diputados que firmaron la Enmienda Calatrava, la que suscribieron quienes serían conocidos como los Siete Colosos: José María Calatrava, Joaquín María López, Salustiano de Olózaga, Vicente Sancho, Miguel de Roda, Fermín Caballero y Manuel Cortina, y que así fueron nombrados debido a su importancia parlamentaria y a su predicamento entre las bancadas progresistas. Una enmienda que determinó el modo de acometer la compleja cuestión foral tras el Acuerdo de Bergara del mes de agosto de 1839, en tanto que después de una intensa discusión parlamentaria fue vencida la transaccional propuesta que contaba con el aval de la mayoría de una comisión que estaba presidida, nada menos, que por Agustín de Argüelles. A partir de ahí, con la derrota del divino, que también lo fue en el seno del progresismo, el debate sobre los Fueros sería protagonizado por los impulsores de esta enmienda, quienes, aunque admitían su restablecimiento, propugnaban que lo sería en tanto no se opusiesen a la Constitución y a la unidad de la Monarquía. En este punto, los colosos se mostraron intransigentes. Podían consentir, sí, que se respetasen los usos, leyes y costumbres propios de esos territorios, e incluso que mientras se tramitase la ley se restableciesen los Fueros en la parte municipal y de administración económica interior, pero entendían que se podía actuar hasta donde permitiese la Constitución. Cortina, incluso, buscando un nexo entre Fueros y Constitución, defendió desde la tribuna «que lo que convenía é importaba era modificarlos, arreglarlos a la ilustración del siglo y a la clase de gobierno que hoy tiene el Estado, y lo que es más a la Constitución, en que todo eso está y se encuentra reasumido y sancionado». Pero ninguno de ellos, ni los que firmaron la enmienda, claro está, ni entre sus mayoritarios apoyos parlamentarios, estaban dispuestos a permitir que por esta cuestión se altera(se) ni se vari(ase) el espíritu de la Constitución; que continúe ilesa, intacta, apostilló Cortina en la Cámara, la Constitución del Estado.
La encumbrada posición que tuvo en estos debates, y su decidida entrega a la política durante esos años, le llevó a desempeñar un papel principal durante la regencia de Espartero, siendo de los que defendieron la regencia única en la persona del general manchego, frente a quienes propugnaban la de tres miembros. En octubre de 1841 movilizó y dirigió a la Milicia Nacional de Madrid contribuyendo así al fracaso del pronunciamiento moderado que en la capital estaba encabezado por los generales Diego de León y Manuel de la Concha, siendo, no obstante, uno de los abogados que asumieron la defensa de alguno de los procesados por la frustrada intentona. También durante el Trienio esparterista (1840-1843), tras las elecciones de 1843 fue elegido, frente a la candidatura de Joaquín María López, presidente del Congreso, cargo que desempeñó entre el 30 de abril y el 26 de mayo, fecha esta en la que, de forma arbitraria, fue disuelta la Cámara.
Ante la acusada deriva autoritaria del régimen, antepuso sus convicciones liberales a las relaciones personales, por lo que participó en el levantamiento que en el verano de 1843 puso fin al régimen de Espartero. No obstante, la heterogénea coalición triunfante que estaba formada por diferentes sectores del progresismo junto a las huestes moderadas, la que, en palabras de Rico y Amat, era una especie de reunión de perros y gatos con el objeto de atrapar un hueso, fue el preludio de su pérdida de importancia en el contexto político de la España isabelina. Tras la caída de Espartero, fue nombrado por el nuevo ministerio que presidió el progresista López, inspector de la Milicia Nacional del reino. Un destino que durante unos meses concilió con el de presidente de la flamante Comisión de Códigos, creada con el fin de impulsar el proceso codificador en España. Incluso, parece ser que en noviembre de 1843 rechazó la propuesta que se le hizo de ser el nuevo presidente del Consejo de Ministros en sustitución del propio Joaquín María López. Pero, a pesar de este general reconocimiento, pronto puso de manifiesto su desengaño con la nueva situación política (y eso que su viejo amigo Narváez también entonces pretendió ganarlo para la pujante causa moderada) apartándose de los cargos que estaba desempeñando: del primero, en diciembre de ese año; a la Comisión de Códigos renunció en mayo de 1844, cuando ya se apreciaba el giro moderado del régimen. Un camino que ya había denunciado Cortina en el Congreso de los Diputados meses antes. En su extensa y brillante intervención del día 6 de diciembre de 1843 en defensa de la honorabilidad de Olózaga, cuando fue acusado de obligar a la joven reina a firmar el decreto de disolución de la Cámara, no solo puso en duda la legalidad de la reciente declaración de la mayoría de edad de Isabel II, sino también advirtió que la caída del ministerio Olózaga era el preludio de lo que finalmente aconteció: el largo predominio moderado en la política española. Se mantuvo así fiel al ideario progresista, trabajando en un baldío intento por rehacer sus cada vez más menguadas fuerzas. Quizá fuese debido a ello, a su impronta entre los seguidores de esta comunión política, por lo que fue acusado de conspirar contra el ministerio y encarcelado durante un tiempo. Aunque nada se pudo probar y la causa quedó sobreseída, habiéndose encargado de la defensa su correligionario y amigo Joaquín María López, decidió abandonar España.
Pero a pesar de la intensa actividad política que desplegó desde su llegada a Madrid, tanto, como hemos visto, en el gobierno como en las Cortes, Cortina nunca se apartó de su profesión de abogado. Un prestigio en este campo, el del Derecho, que fue adquiriendo de forma progresiva hasta el punto de que en diciembre de 1845, residiendo aún en Francia, fue elegido diputado quinto del Colegio de Abogados de Madrid, un nombramiento que aceptó, pero del que no tomó posesión, pues durante un tiempo siguió viviendo en el país vecino. Sí se integró, sin embargo, en la junta que fue elegida en diciembre de 1846 de la que formó parte como diputado segundo y cuya designación prácticamente coincidió con su elección como diputado en Cortes por el distrito sevillano del Sagrario. Pero aunque no fuese esta su última presencia en la Cámara, pues hasta 1854 resultó elegido diputado en otras tres ocasiones; aunque a partir de este último año sus afines políticos retornaron al poder; y aunque todavía participó en vivos e intensos debates parlamentarios en los que se abordaron cuestiones determinantes para la política de la nación como, entre otros, fueron la cuestión de las Bodas Reales, los sucesos de 1848 en Madrid, sus intervenciones en la contestación al discurso de la Corona, o la defensa que hizo de la reina madre, María Cristina, cuando fue acusada de corrupción, su actividad política fue declinando, o más bien comenzó a prestar una mayor atención al mundo del Derecho.
Perdía así el partido progresista a una de sus figuras señeras que, no obstante, había evolucionado hacia el característico político resellado, por lo que bien pudo haber acabado formando parte de la familia feliz, del unionismo de O’Donnell. Y también perdía la tribuna parlamentaria, como correspondía a su vasta formación, a un escrupuloso y fino orador, aunque, se lamenta Carlos Petit, «sin obra que conservara su ciencia, pues siempre rehusó publicar. Habla con la corrección de un libro, con el aplomo de un jurisconsulto, y con la destreza de un hombre que ha empleado la mayor parte de su vida en los debates judiciales y políticos», dijo de él Joaquín María López. «Se necesita —apostilla el alicantino—, suma habilidad para destruir un discurso del Sr. Cortina, porque todas sus partes están trabadas entre sí del modo más fuerte e indisoluble, y forman un todo compacto e inexpugnable parecido a la falange “macedoniana” de que nos hablan los antiguos historiadores». Pero, por el contrario, esta figura la ganaba y ya de modo definitivo, el foro. Innumerables y de calado fueron los asuntos que atendió quien, para otro renombrado jurista como Pacheco, era el abogado más famoso de la época. Entre su escogida nómina de clientes figuraron no solo miembros de la aristocracia y de las grandes fortunas de la España de mediados de la centuria del ochocientos, sino también muchas de las más importantes empresas de esos años, tanto financieras, como mineras o ferroviarias. Por su despacho madrileño de la calle Atocha pasaron materias de índole diverso y de notable importancia, incluso para la historia de España. Entre sus clientes se encontraron, por ejemplo, familias como los Alba, Medinaceli, Frías u Osuna. Temas que interesaban a renombrados personajes del momento como Narváez, la emperatriz Eugenia de Montijo, cuya resolución de los asuntos que le encomendó mereció que fuese reconocido por Napoleón III con la condecoración de la Legión de Honor (que Cortina no aceptó), o de la propia María Cristina de Nápoles, ocupándose de muchos de los asuntos civiles de su casa, entre ellos de la testamentaría de Fernando VII. Atendió a cuestiones de marcada significación política, como el dictamen que emitió en 1874 sobre la renuncia de Amadeo de Saboya y la proclamación de la I República; o la defensa que en 1859 realizó ante el tribunal constituido en el Senado de quien en 1853 fuera ministro de Fomento del gabinete Lersundi, Agustín Esteban Collantes, acusado de corrupción y de la que fue absuelto. Pero, sobre todo, fue el abogado o asesoró a muchas de las grandes empresas de la España isabelina: ferrocarril de Madrid a Aranjuez, Alar a Santander, Sevilla a Jerez o la empresa del ferrocarril MZA; asuntos que estaban relacionados con intereses de los Rothschild, Salamanca o Bertrán de Lis; o materias que tuvieron una amplia repercusión financiera, relacionadas con entidades como el Banco Español de San Fernando, el Banco de Fomento de Ultramar, o el Banco de París. De ahí que, debido al prestigio que alcanzó en el mundo del Derecho, fuese un personaje de relevancia en cuantas entidades y asociaciones se formasen vinculadas a este campo: Fue miembro fundador de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas; en diferentes momentos presidente de la Academia de Jurisprudencia y Legislación; prácticamente hasta su muerte y de forma ininterrumpida (fue reelegido en 31 ocasiones) decano del Colegio de Abogados de Madrid; tras la ya referida renuncia que hizo en 1844, presidió la Comisión de Codificación desde 1856 hasta que dimitió en 1869. Y, como colofón, fue nombrado senador vitalicio (cargo del que no tomó posesión) en 1858.
Viudo desde 1856, debido a una afección pulmonar Manuel Cortina falleció en Madrid el día 12 de abril de 1879 a la edad de setenta y seis años, siendo enterrado en el panteón familiar de Sevilla. Manuel (I marqués de Cortina), Manuela y María de los Dolores Cortina Rodríguez fueron sus tres hijos. Esta se casó con José Gómez Acebo y de la Torre, quien era hijo de otro conmilitón progresista de nuestro biografiado, Felipe Gómez Acebo, y con el que compartió presencia no solo en la comisión central del partido al menos para las elecciones de 1840, sino también bancada en el Congreso y a buen seguro que intereses financieros. Político liberal fue, ya en plena Restauración, el hijo de José y de María Dolores, José Gómez Acebo y Cortina, diputado, senador y ministro de Fomento y de Marina durante el reinado de Alfonso XIII, además de impulsor y presidente del Banco Español de Crédito.
Obras
Dictamen dado a S. M. la reina doña María Cristina de Borbón sobre el de la Comisión de las Cortes constituyentes de 1854, encargada de la información parlamentaria relativa a su persona, por… D. Manuel Cortina, D. Juan González Acevedo, D. Luis Díaz Pérez, Madrid: Imp. de El Fénix, 1857.
Discurso pronunciado por el Excmo. Sr. Ldo. D. Manuel Cortina, en defensa del Excmo. Sr. D. Agustín Esteban Collantes, Madrid: Rivadeneyra, 1859.
Dictamen emitido por los Excmos. Señores D. Manuel Cortina, D. Cirilo Álvarez y D. Manuel Alonso Martínez en vista de la consulta del Banco de París sobre la validez de su contrato de 26 de marzo de 1870, Madrid: Imp. de Miguel Ginesta, 1871.
Dictamen sobre los derechos que asisten al Banco Hipotecario de España contra el Estado por haberle este privado de los beneficios que le correspondían según la ley de su creación y recursos que ha de ejercitar para hacerlos efectivos, emitidos por los Excmos. Señores D. Manuel Cortina, Cándido Nocedal, Nicolás María Rivero, Manuel Silvela, Cristóbal Martín de Herrera y Eugenio Montero Ríos, Madrid: Establecimiento tipográfico de R. Labajos, 1874.
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