Fundación para el Estudio del Derecho Histórico y Autonómico de Vasconia

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NOTITIA VASCONIAE Autores y obras vizcaínos

ALLENDE SALAZAR MUÑOZ DE SALAZAR, Ángel (Gernika, Bizkaia, 24 de septiembre de 1854 – Madrid, 18 de marzo de 1885).

Cargos y oficios

Archivero, bibliógrafo, jurista e historiador

Trayectoria

Era Ángel hijo de Manuel María Allende Salazar y Loyzaga, de antigua raigambre en la Merindad de Busturia y, más en concreto, de la anteiglesia de Lumo, y de Ángeles Muñoz de Salazar y Martorell, de familia aristocrática andaluza. El matrimonio tuvo al menos siete hijos.

El padre, tercer conde de Montefuerte, poseía un patrimonio muy importante. Tras un litigio sucesorio recibió la herencia familiar compuesta de bienes de distinta naturaleza: patronatos, el de Lumo y copatrono de Arrazua, y hasta once mayorazgos que los Allende Salazar habían acumulado a lo largo de la Edad Moderna siguiendo una exitosa política de enlaces matrimoniales. Correspondían los mayorazgos a familias con apellidos que desde antiguo sonaron fuerte en la Merindad, los Albiz, Mezeta, etc. Por su parte, la madre aportó como dote varios señoríos y propiedades en Andalucía, además de un capital monetario significativo. A la altura de la primera mitad del siglo xix este consorcio patrimonial familiar constituyó un ejemplo de lo que algunos han llamado la alianza vasco-andaluza por vía aristocrática.

Manuel María, el conde de Montefuerte, ostentó, a partir de 1839 y hasta 1870 y de manera casi continua, la representación de Lumo en la Junta General de Gernika. Hombre de confianza del Señorío desempeñó cometidos oficiales en Madrid, facilitados por el hecho de que, como título de Castilla, fue nombrado en 1851 senador vitalicio. En abril y mayo de 1876 la Junta General lo designó juntamente con Sagarmínaga para formar parte de la Comisión vasca que se ocupó de entablar conversaciones sobre la reforma foral con Cánovas. Al año siguiente continuaba como senador, también a título vitalicio.

Entre los hijos habidos del matrimonio, el séptimo, Juan (Gernika, 1856-Madrid, 1929), consiguió un gran relieve en la política española: ingeniero agrario, diputado por Markina con veintiocho años, llegó a ser alcalde de Madrid y, a partir de su nombramiento como ministro de Hacienda, fue ostentando la titularidad de diversas carteras en distintos gobiernos (Instrucción pública, Estado…), hasta desempeñar por dos veces, en 1919 y 1921, la Presidencia del Consejo de Gobierno.

Ángel había nacido en 1854, dos años antes que su hermano Juan. Sería probablemente el sexto hijo. No consta dónde realizó los estudios primarios y secundarios, quizá por haberlos seguido con preceptores privados. Cabe conjeturar que la familia, de adscripción liberal, huyera de Gernika durante la última guerra carlista (1872-1876) y se instalara temporalmente en Madrid. En relación quizá con este hecho, Ángel mantuvo mientras vivió un rechazo tajante para con el tradicionalismo y el carlismo. Realizó con brillantez los estudios superiores en la Universidad Central. En 1875 obtuvo la licenciatura en Filosofía y Letras con Premio extraordinario, y en junio de 1878 recibió el título de doctor con una disertación sobre el carácter general de la literatura vascongada. Al mismo tiempo obtuvo la licenciatura en Derecho civil, canónico y administrativo y el doctorado en una fecha indeterminada. Cursó también estudios en la Escuela Superior de Diplomática, además de varias asignaturas de la Facultad de Medicina, Farmacia y Ciencias, una muestra de sus inquietudes en lo que concierne al saber.

Ángel murió prematuramente, a los treinta años. Había contraído matrimonio con Carmen Zaragoza y Ayllón (†1928). El joven matrimonio tuvo un hijo tres años antes del fallecimiento de Ángel, es decir, en 1882. Vio la luz también en Gernika y recibió el nombre de Juan, como su tío. El nacimiento sucesivo de tres generaciones en la villa refleja el arraigo de los Allende Salazar en la localidad. Siguió el hijo la trayectoria investigadora de su padre y llegó a ser un reputado bibliógrafo e historiador del arte español —fue nombrado en 1930 académico de la Real Academia de San Fernando—, y singularmente del arte vasco, así como de la indumentaria usada en el país en el pasado. Desempeñó un papel significado en la Sección de Historia de la Sociedad de Estudios Vascos. Falleció en 1938. En algún momento consignó «las modestas rentas que heredó de su familia», quizá como secuela de que el abuelo, el conde de Montefuerte, en el reparto testamentario de sus bienes no fue generoso con su madre, la viuda de Ángel, o con el mismo nieto.

En los escasos tres lustros de actividad de Ángel Allende Salazar, hay que distinguir al menos cuatro áreas de dedicación: estuvo en primer lugar su condición de miembro del cuerpo facultativo de bibliotecarios, archiveros y anticuarios, después la vinculación con la Real Academia de Jurisprudencia y con otras instituciones, en las que se implicó en la docencia o se ocupó de la producción científica. Y, por último, obtuvo en el Congreso de Madrid el acta de diputado por el distrito de Gernika.

En lo que respecta a su profesión de bibliotecario y archivero, fue nombrado en 1876 ayudante de tercer grado en el Archivo de Simancas. El mismo año pasó al Archivo Nacional, e inmediatamente a la Escuela Superior de Diplomática, en la que el claustro de profesores lo eligió por unanimidad catedrático de Geografía Antigua y de la Edad Media, especialista en España. Y en los años siguientes (entre 1875 y 1879) ejerció además como sustituto de las cátedras de Historia de las Bellas Artes y Paleografía general. Habida cuenta de su edad, sorprende su participación en 1880 en la creación del Boletín histórico, única revista de información bibliográfica de la primera Restauración. En la iniciativa estuvieron presentes otros miembros del citado cuerpo de bibliotecarios y archiveros que llegaron a ser figuras estelares de la cultura española durante el referido periodo. Se trata de Eduardo de Hinojosa, José Villamil y Marcelino Gesta. La edición del Boletín tenía su sede en la Escuela Superior de Diplomática. La publicación periódica fue considerada «una de las más valiosas aportaciones a la cultura y la ciencia españolas». En el Boletín colaboraron Menéndez Pelayo, Fernández Guerra, de la Fuente, el Padre Fita, etc. A partir de 1881, Allende Salazar fue un elemento decisivo ya que gestionó la revista solamente con Gesta. El Boletín salía mediante entregas mensuales con paginación continuada anual y dedicó un número extraordinario a Allende Salazar en el momento de su muerte.

En este periodo inicial, en 1876, y en relación con su profesión, Allende Salazar recibió el Premio de la Biblioteca Nacional por unanimidad por una memoria intitulada «Escritores vascongados. Ensayo de datos biográficos y bibliográficos referentes a los escritores de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava». Y en 1880 preparó una segunda memoria sobre «Escritores vizcaínos. Ensayo biográfico-bibliográfico» que presentó, sin resultado, al concurso de la Biblioteca Nacional. Ambos ensayos permanecieron inéditos, porque continuó cultivando este campo y ambas memorias quedaron englobadas en la Biblioteca del Bascófilo, que fue su obra definitiva en esta materia y que vio la luz tres años después de su fallecimiento. Debió iniciar muy joven la tarea de recopilación bibliográfica realizando consultas en las principales bibliotecas y archivos de la capital del Estado, de Vasconia y de particulares.

Pero detengámonos a ofrecer unas pinceladas sobre la Biblioteca del Bascófilo. Laurac-bat, una obra que ocupa un lugar destacado en el devenir de la cultura vasca. Fue publicada en 1888 a expensas del Estado, y Manuel, su hermano menor, corrigió las pruebas de imprenta tras su fallecimiento. Su singularidad y excelencia obedece a distintos motivos. En primer lugar, a la riqueza de información, ya que contiene más de 2.000 referencias recogidas en un volumen de casi 500 páginas. Después, la inclusión de Navarra que muestra el acelerado cambio en la percepción del horizonte étnico que en estos años se produjo en Vasconia. Y, sobre todo, el carácter científico y las afinadas nociones conceptuales de biblioteconomía que contiene la Introducción, y que Allende Salazar utilizó en la elaboración del cuerpo de la obra. Clasificó los materiales con arreglo a diversos órdenes: económico, científico, artístico, de lengua, lexicológico, gramatical y de relaciones públicas (legislación). Y dentro del campo de la historia distinguió lo que llamó lo particular, la genealogía y la biografía. Añadió a muchas referencias valiosas informaciones complementarias, además de opiniones propias o emitidas por otros. La obra se cierra con índices por materiales y por autores. Le siguieron de inmediato las bibliografías de Vinson (1891 y 1898) y la de Sorarrain. Han transcurrido ciento treinta y cuatro años y la obra de Allende Salazar permite conocer el estado inicial de la cuestión de la bibliografía vasca en el último cuarto del siglo xix.

El segundo campo de socialización y de actividad cultural y científica lo encontró Allende Salazar en la Real Academia de Jurisprudencia. En la idea que hoy tenemos del desarrollo de una carrera profesional, resulta chocante su vinculación a esta institución a la edad de diecisiete años, a partir de 1871. Es posible que contara con la influencia o el apoyo paterno en el establecimiento de relaciones en la institución. En los cursos de 1872-1874 desempeñó el cargo de secretario y vicepresidente de la Sección de Derecho civil, de secretario general de la Academia (cursos de 1875 a 1977), vocal de la Junta de Gobierno (1877 a 1879), revisor de la Junta de Gobierno y presidente de la Sección de Práctica Forense (1880 a 1882), y vicepresidente tercero de la Academia a partir de esta última fecha, que desde 1881 compaginó con la condición de diputado en el Congreso. En el seno de la Academia existía el convencimiento de que su destino natural era la presidencia de la institución una vez cumplidos años. Fue muy alto su prestigio entre los académicos. Recibió a menudo el encargo de elaborar las memorias que servían de base a los debates. Sus colegas lo describieron como un hombre generoso, jovial y alegre. Se dijo de él que era «amante de los grandes ideales y fecundo en ellos, de una erudición pasmosa, hombre maduro en el campo de la ciencia». Y que «aunque era joven por sus años, cuando se hacía oír en esta tribuna nos concentrábamos para no perder el hilo de su palabra». De hecho, sus memorias sobre paleografía, teoría bibliográfica, arqueología, fisiocratismo, historia, etc., recibieron distintos premios de la institución.

En plena efervescencia del proceso de la codificación del Derecho civil en España, publicó Allende Salazar, en 1878 y 1879, dos artículos dedicados, el uno, a la codificación civil y las legislaciones forales y, el otro, a la dualidad legislativa existente en Bizkaia con una propuesta de estructuración de un Derecho civil para las tres provincias e incluso para el conjunto de Vasconia. Sorprende que un joven en sus veintitrés y veinticuatro años formulase las tesis finales de aceptar en su integridad la pluralidad de legislaciones civiles territoriales en el Estado, y de que el Derecho privado de Vasconia fuera una ellas, planteamientos ambos que chocaban directamente con el statu quo imperante. Se oponían tanto a la Constitución del Estado que ordenaba la creación de un Código civil único para toda España, como, en lo que toca a Euskal Herria, a la inercia propia de ordenamientos civiles provinciales, que impedía cualquier reforma dirigida al conjunto del país.

El rompedor primer artículo sobre legislación civil y legislaciones forales en España fue recogido en todas las revistas de Vasconia, se diría que lejos de la mirada escrutadora de sus colegas de la Corte. El texto constituye un pronunciamiento rotundo contrario a la vía codificadora unitaria que estaba siguiendo el legislador. En esta materia distinguió Allende Salazar dos escuelas que se contraponen en sus ideales y en sus soluciones prácticas. Por un lado, la escuela estatolátrica o centralizadora, sucesora del absolutismo monárquico, y que perseguía la uniformidad. Para Ángel, el doctrinarismo francés decimonónico y la centralización vinieron a ser, como lo mostró Tocqueville, un legado del Antiguo Régimen presente todavía en los Estados constitucionales y que ha acarreado males importantes a la sociedad. A esta escuela contrapone la que hace suya, la descentralizadora, basada en el self-government e inspirada en el principio de la libertad. Sus principios formaban parte de la auténtica tradición española. El joven académico recordó la declaración de Madame de Staël de que «en España lo antiguo es la libertad y lo moderno el despotismo».

Examinó Allende Salazar las grandes instituciones de la sociedad para poner de relieve el impacto negativo que produjo la escuela estatolátrica. Así, en la familia tradicional, en la que antaño imperaba la libertad doméstica y la equiparación del estatus de la mujer o el principio de troncalidad en materia de bienes. La influencia perjudicial de dicha escuela se ha hecho sentir en los municipios, otrora con vida propia y autónoma y hoy sometidos al Gobierno y a la burocratización; y ha afectado también a la personalidad institucional de las provincias que han sido reducidas a meros entes delegadas de la autoridad central y controladas por ella. Amenaza en las últimas décadas a la pervivencia del ordenamiento civil tradicional de los territorios que lo poseen. Aceptaba, cómo no, sobre todo después de una guerra, la unidad política del Estado pero se declaraba enemigo de la uniformizadora codificación civil en curso, partidario como era de mantener los multiseculares sistemas civiles territoriales que habían mostrado su virtualidad para regir la vida social. Entre otros, el vizcaíno, que gozaba de reconocimiento internacional: recordó el Informe del jurado de la Exposición Internacional de París de 1867, la posición de la cátedra Notre-Dame de esa ciudad, o de la Sociedad de Economía Social y, singularmente, las publicaciones sociológicas de Frédéric Le Play.

Con objeto de rechazarlas, describió con detalle Allende Salazar las cuatro variantes en la Escuela centralizadora. Desechó la corriente idealista cosmopolita, al igual que desestimó la que llamó Escuela importada. Desvalorizó singularmente a los exclusivistas que, en el caso peninsular, confundían lo castellano con lo español, y se alzó contra la generalización del Derecho civil de Castilla, entre otras razones —y es algo que llama hoy la atención— porque dificultaría la articulación futura de Portugal en un conjunto hispánico. Y pensó que carecía de sentido recoger las instituciones más aceptables de cada una de las legislaciones territoriales para integrarlas dentro de un corpus único. Sencillamente responden a principios sociales y jurídicos diversos.

Allende Salazar abogó por elevar a la condición de códigos civiles a las cinco legislaciones territoriales existentes (seis, si en su día se integrara Portugal). Eran sistemas distintos con principios propios, aunque estuviesen emparentados. Creyó que durante un tiempo —que podría ser largo— las legislaciones propias se irían depurando, y probablemente aproximándose las unas a las otras. El joven jurista vizcaíno formulaba, por tanto, la propuesta enteramente original de confederalismo civil. Tenía obviamente carácter testimonial ya que era impensable que tuviera el favor de los políticos educados en la tradición decimonónica constitucional de los códigos únicos o los medios académicos de la época, imbuidos de la dogmática civilística francesa. No obstante su trabajo llamó la atención, en 1890, de Felipe Sánchez Román (1890: 12-21).

La propuesta precedente de disponer de un Código civil propio planteaba de inmediato la cuestión de qué hacer en un Señorío desvertebrado hasta el punto de contar con dos legislaciones civiles. Cómo disponer de un objeto legislativo operativo capaz de convertirse en un Código. Allende Salazar abordó de inmediato la cuestión en un trabajo «concienzudo y brillante», en palabras de Gregorio Balparda, que lo utilizó ampliamente (Balparda, 1903: 15). Por cierto, a decir de Angulo y de la Hormaza, el jurista guerniqués se proponía también elaborar un examen crítico del Derecho civil de Bizkaia (El Correo Vascongado, 19 de febrero de 1879).

Allende Salazar publicó el mencionado segundo artículo en 1879 en la Revista de Legislación y Jurisprudencia de Madrid. Constató que a lo largo de la historia se han dado diversos modelos de pluralidad legislativa en las sociedades y, de la mano de Marichalar y Manrique, describió brillantemente y en detalle la gestación de la dualidad legislativa vizcaína. A los bloques territoriales componentes del Señorío —la Tierra Llana de la Bizkaia nuclear, el Duranguesado y las Encartaciones—, se sumaron en el Medievo las villas erigidas sobre tierras del Señor. El acuerdo de convergencia entre los bloques que se alcanzó en 1630 y que culminó la maduración de Bizkaia como ente político, dejó un serio problema sin resolver: algunas villas continuaron rigiéndose por el Derecho señorial-real, es decir, por el Derecho castellano, al margen del Derecho privado vizcaíno.

Para Allende Salazar, una sociedad como la vizcaína, traumatizada por la reciente pérdida de su Derecho público, debería aspirar al menos a superar la dualidad del Derecho privado. Apoyándose en el censo de población y de riqueza de 1876, describió las poderosas razones que exigían perseguir ese objetivo. Argumentó que las diferencias en la población no pueden ser un obstáculo, dado que hay varias anteiglesias con un cupo de habitantes similar al de las villas; tampoco la naturaleza de las propiedades (urbanas o rústicas) que se ubican en proporción similar en un bloque y en otro, o el agrupamiento o desperdigamiento de las viviendas, puesto que la concentración y dispersión se da en ambos casos. La inercia histórica no justificaba los perjuicios que acarreaba la dualidad; de hecho, el Derecho foral ya regía en la mitad de las villas y en buena parte del término municipal de otras en la que no estaba oficialmente vigente. Añádase que la unión total en materia de Derecho civil ya se vio como un ideal en 1630, y que a finales del siglo xix la desvertebración jurídica dificultaba la necesaria fusión de municipios jurídicamente dispares, dando lugar a problemas y a extrañas situaciones.

Perdido el Derecho público hasta no se sabía cuándo, habría que intentar extender a toda Bizkaia la aplicación del Derecho privado, un problema tan importante como aquel. Pues bien, el remedio estaba en las propias villas afectadas: deberían solicitar libremente a las Juntas Generales la aplicación del Fuero, ateniéndose al procedimiento previsto en 1630. Porque se trataba de un ordenamiento más liberal que el castellano y estaba exento de sus defectos. De su superioridad se ha hablado en Europa, y así lo habían visto Fidel de Sagarmínaga, Casimiro de Loyzaga y otros juristas vizcaínos. A la iniciativa de extensión debiera asociarse Álava e incluso Gipuzkoa. Llamativamente mencionó la notable legislación civil navarra, próxima a las tres provincias «hermanas» e incluso al país vasco de Francia. Sería esta otra alternativa a considerar. En todo caso, dirá, la tarea a llevar adelante ahora consistía en popularizar el Fuero.

Al margen de su papel como jurista teórico, de sus actividades en la Academia de Jurisprudencia y de su producción como bibliógrafo (recordemos que su Biblioteca del Bascófilo no se conoció hasta tres años después de su muerte), la faceta existencial de Allende Salazar que le confirió un relieve mayor en Bizkaia fue su condición de representante del distrito de Gernika en el Congreso de los Diputados de Madrid. Alguien de la Academia dijo que había evolucionado de una marcada religiosidad —que debería entenderse como integrista— hacia el progresismo. Lo cierto es que se adscribió al Partido Liberal fusionista, creado en 1880, resultado de la confluencia de varios partidos no republicanos. El eje central se hallaba en el Partido constitucional de Serrano y de Sagasta, además del partido radical de Ruiz Zorrilla, los «posibilistas» castelarinos y otros, incluidos militares. Desde una perspectiva fuerista vizcaína la opción de Allende Salazar era paradójica, dada la resistencia inflexible del líder Sagasta a cualquier concesión a Vasconia en el debate de la Ley de Fueros de 1876. El nuevo partido se denominó pronto Liberal a secas, y al principio mantuvo cierto apego a la Constitución precedente de 1869. Abogaba por el sufragio universal masculino, la libertad de asociación religiosa y la separación de poderes. En el momento en que Ángel presentó en el Congreso, en 1881, el acta de elección, el Gobierno estaba presidido precisamente por Sagasta, una vez inaugurado el turno propuesto por Cánovas.

Hay que anotar que en el comienzo de esta legislatura de 1881-1882, el senador vitalicio conde de Montefuerte, el padre de Ángel, todavía figuró en la Diputación de las Cortes que recibió al rey en la apertura de las cámaras. Ángel mantuvo el acta de diputado por Gernika durante tres periodos más, hasta su fallecimiento en 1885. Pero no entró con buen pie en el Congreso: el acta de elección de Ángel suscitó en el pleno un sonado y acre debate acerca de su validez. El número de votos del candidato liberal había doblado al tradicionalista, pero Ortiz de Zárate, veterano diputado por Vitoria de esta última tendencia, impugnó la elección de Allende Salazar en la Comisión de Actas alegando irregularidades en los colegios de Nabarniz, Arrazua, Arrieta y Larrauri. Por cierto, la denuncia presentada y el debate subsiguiente ayudan a entender cómo funcionaban las elecciones en una zona rural vizcaína tras la guerra y el reciente levantamiento del estado de sitio, así como la parcialidad de la intervención de la nueva Diputación provincial constitucional. La brillante, displicente, e incluso cruel, contestación de Ángel a Ortiz de Zárate en el pleno de la Cámara mostró el enfado de todo un vicepresidente de una Real Academia ante un diputado tradicionalista que se había hecho mayor. O quizá el resentimiento del hijo de una rica familia liberal con patrimonio situado en la zona carlista. En su defensa, no exenta de contradicciones, el parlamentario guerniqués alzó la bandera de la modernidad y de la ilustración frente a la obsolescencia ideológica del denunciante; del amor a España frente a la confusión del monarquismo carlista. Ciertamente Allende Salazar lamentó la suerte de las instituciones forales, una pérdida que estimó muy perjudicial para el país y cuya evocación «le traía las lágrimas a los ojos». Pero sostuvo que solo de los liberales vascos cabía esperar algún remedio, ya que todos los males que se habían abatido sobre Vasconia traían causa de los carlistas.

Incidentalmente se declaró partidario ante la cámara de la descentralización y del self-government, pero, en los comienzos de la década del amedrentamiento posbélico, pasó por alto, en las cuatro legislaturas, cualquier reivindicación foral concreta. La mención de los Fueros públicos tenía entonces carácter subversivo y se asociaba de mala fe con el carlismo derrotado para mostrar su peligrosidad. En todo caso, remover la cuestión del autogobierno incomodaba a los diputados de su propio grupo parlamentario o incluso al sector dirigente de Bizkaia. Por su parte, tampoco los tradicionalistas tenían clara la voluntad fuerista de los liberales, cada vez más tenue, dado que empezaban a disfrutar de las ventajas de gestionar el nuevo Concierto Económico y con el sistema que se acababa de abolir perderían probablemente el poder en la diputación. A anotar que Allende Salazar, pese a la evidencia de su inicial vinculación fusionista, se resistió a manifestar su adscripción a cualquiera de los dos partidos dinásticos. En realidad, para retener el acta en su distrito, la distinción carecía de sentido.

En su actuación en los cuatro años de presencia en el Congreso, de cuya mesa llegó a ser secretario, se ocupó sobre todo de aquello que favorecía el desarrollo económico del Señorío, principalmente de las vías de comunicación. Así, la creación en Bizkaia de la red de ferrocarriles secundarios de vía estrecha, la construcción de carreteras y el arreglo de puertos —en este dominio sus intervenciones parlamentarias afectaron a todos los puertos vizcaínos—. Vigiló para que se hicieran efectivos los beneficios de exención del servicio militar a los liberales implicados en la guerra, así como de las indemnizaciones de las pensiones a los afectados de dicho sector. Contribuyó también a las fusiones de municipios, quizá por interés familiar en el caso de Gernika y Lumo, o por convencimiento de su utilidad pública en las anteiglesias de Natxitua y Bedaru/Bedarona que confluyeron en lo que es hoy el municipio de Ea.

De conformidad con el relato de su riguroso coetáneo Antonio Arzac, falleció Ángel en Madrid en la noche del 18 de marzo, «víctima de una agudísima dolencia, cuando más podía esperar el país de su talento y actividad». El eco que alcanzó su actividad parlamentaria en pro de los intereses de comunicación y portuarios del Señorío, y las esperanzas que cabía tener de su trabajo futuro debió repercutir en la destacable respuesta social que siguió a su muerte prematura. Era, por otra parte, un hombre de la órbita de la nueva administración constitucional en Bizkaia. Dejó ordenado su enterramiento en Gernika, su villa natal. El cadáver partió de la estación del Norte de Madrid, adonde fue conducido en un coche de gala del Congreso de los Diputados, acompañado de otros 116 vehículos. El féretro fue recibido en Bilbao por una representación de la diputación provincial, del ayuntamiento de la villa y de otros ayuntamientos y corporaciones. La comitiva recorrió las calles de la villa en medio de la expectación de sus habitantes. Ya en Gernika se colocó una rama del roble centenario sobre el ataúd. Negros crespones ornaban los edificios y se colocó una pancarta en la Escuela en construcción con la leyenda Il da aita emengua, Don Ángel Allende Salazar. Hubo una iniciativa de erigirle en la villa un monumento público por suscripción popular y el ayuntamiento de Markina acordó colocar una lápida en su honor en la sala de sesiones.

Obras

Memoria leída en la Academia Matritense de Jurisprudencia y Legislación, en la sesión inaugural de Academia Matritense de Jurisprudencia y Legislación, Madrid: Imp. del Ministerio de Gracia y Justicia, 1876.

«La codificación civil y las legislaciones forales», La Vasconia, revista ilustrada euskaro-americana, año 7, núm. 237 (septiembre de 1878), pp. 258-260 (disponible en la versión digital de la Universidad de Reno, en Nevada); Revista Euskara, año segundo (1879), pp. 33-39 y 64-76; Euskal Erria, t. 19 (2.º semestre de 1888), pp. 109-113, 173-177, 204-209 y 233-237 (el texto ha sido reeditado por Celaya Ibarra, A., El Derecho de Vizcaya antes del Código civil, Bilbao: Academia Vasca de Derecho, 2007, pp. 149-178).

«El dualismo en la legislación de Vizcaya», Revista de Legislación y Jurisprudencia, vol. 27, núm. 54 (enero de 1879), pp. 52-74. Reed. por Celaya Ibarra, A., El Derecho de Vizcaya antes del Código civil, Bilbao: Academia Vasca de Derecho, 2007, pp. 183-205.

«Bascófilo debe escribirse con b y no con v», Euskal Erria, t. 4 (septiembre-diciembre de 1881), pp. 1-8; Revista Euskara, año cuarto (1881), pp. 144-160. Reed. con el título de «Razones por la que basco, Basconia, Biscaya… han de escribirse con b», La Gran Enciclopedia Vasca, 1968, pp. 773-776.

«Ercilla era bizcaíno», Euskal-Erria, t. 3 (mayo-agosto de 1881), pp. 57-58. Reeditado con el título de «Vizcainía del autor de la Araucana», La Gran Enciclopedia Vasca, I, 1966, pp. 301-306.

Laurac-bat. Biblioteca del Bascófilo. Laurak-bat: Ensayo de un catálogo general sistemático y crítico de las obras referentes a las provincias de Vizcaya. Guipúzcoa, Álava y Navarra por—, obra premiada por la Biblioteca Nacional en el concurso público de 1877 e impreso a expensas del Estado, Madrid: Imp. Manuel Tello, 1887. Edic. facs., como Biblioteca del Bascófilo, Leioa: Gerardo Uña, 1982. Ed. facs., Sevilla: Extramuros, 2008. Edición digital de la Fundación Sancho el Sabio de Vitoria-Gasteiz: https://www.euskalmemoriadigitala.eus/handle/10357/1641#&gid=1&pid=8 (consultado el 29 de mayo de 2021).

«Carácter general de la literatura vasca», Euskalerriaren alde, t. 5, núm. 106 (1915), pp. 300-305, 329-338, 358-367, 390-403, 424-434, 491-499, 519-525, 550-555 y 580-585. Discurso pronunciado ante el claustro general de la Universidad Central de Madrid, en junio de 1878.

Bibliografía

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Fuentes: 

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Balparda, G. de, El Fuero de Vizcaya en lo civil. Estudio crítico del Proyecto de Apéndice del Código Civil que comprende las disposiciones aplicables en Vizcaya y en Álava, Bilbao: Escuelas Gráficas de la Santa Casa de la Misericordia, 1903.

Congreso de los Diputados. Diarios de sesiones. Serie Histórica. Legislaturas de 1881-1882, 1882-1883, 1883-1884, 1884-1885. Ed. Congreso de los Diputados, 2008, 2 CD, los núms. 17 y 18.

Echegaray, C. de, «Un discurso de Allendesalazar sobre literatura vasca», Euskalerriaren alde, núm. 106, año 5 (1915), pp. 297-299.

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Martínez Asenjo, L., «D. Ángel Allende Salazar», Boletín histórico, VI (1886), pp. 34-41.

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Sánchez Román, F., La codificación civil en España en sus periodos de preparación y consumación. Estado del Derecho civil en España, común y foral, antes y después de la promulgación del Código civil y trabajos para la formación de algunos Apéndices del Derecho foral (1811 a 1890), Madrid: Sucesores de Rivadeneyra, 1890.

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Proyecto financiado por los fondos Next Generation EU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España


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